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Piden 51 años para el Melillero por arrojar ácido a su exnovia y a una amiga

En el banquillo se sientan cinco personas más por el salvaje ataque del 2021 en Cártama

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  • El Melillero a la salida del juzgado (archivo). -

La Fiscalía ha pedido 51 años y 6 meses de prisión para José Arcadio D.N., conocido como el Melillero, por el intento de asesinato con ácido de dos mujeres, una de ellas su exnovia en Cártama. Se le acusa de dos delitos de asesinato en grado de tentativa -17 años de cárcel por cada uno-, uno de pertenencia a organización criminal -petición de siete años-, dos de amenazas graves -dos años por cada delito-, otros dos de acoso -24 meses de prisión por cada uno- y un delito de maltrato habitual -30 meses de cárcel-.

Junto a El Melillero en el banquillo de los acusados habrá cinco personas más, entre ellas la que arrojó a las dos jóvenes un bote de un litro de ácido sulfúrico a través de la ventanilla del conductor en el que iban las mujeres, por orden del procesado principal, según la calificación fiscal, a la que ha tenido acceso EFE.

El Ministerio Público mantiene que el Melillero cometió los hechos con la finalidad de atentar contra la vida de su expareja y todo ello causándole "el dolor más extremo y con expreso desprecio a su género femenino" y con el fin de la "humillación, dominación y subordinación".

El ataque se produjo el 12 de enero de 2021 cuando el Melillero y otro procesado, conocido como el Poti, tras un plan preconcebido (tanto en la ejecución como en la evasión posterior) y de acuerdo con los otros procesados, cometieron la agresión cuando la víctima iba conduciendo su vehículo con una amiga de copiloto.

El Melillero ordenó que el Poti se bajara del coche en el que iban y que arrojara el ácido a las mujeres "para atentar contra sus vidas", lo que hizo a través de la ventanilla del conductor que la expareja que llevaba semiabierta. Ello les provocó a las dos quemaduras y tuvieron que salir del vehículo cerrado para evitar la asfixia por el ácido.

Mientras, el Poti "se reía y miraba asegurándose del resultado que había previsto" y ambas sufrieron lesiones graves y tuvieron que ser trasladadas urgentemente a un hospital para salvar sus vidas. La expareja del Melillero y su amiga sufrieron profundas quemaduras en el 45 y el 25 por ciento del cuerpo, respectivamente, la primera de ellas ha precisado doce intervenciones quirúrgicas y ambas sufren numerosas secuelas.

Según el ministerio fiscal, la víctima y el acusado estuvieron viviendo juntos y ella rompió la relación, ya que "le faltaba al respeto", presuntamente con insultos y golpes; "no aceptando éste la ruptura y estando obsesionado con ella", por lo que desde entonces "la ha llamado constantemente por teléfono llegándole a amenazar". Por todo esto y por "el miedo que sentía" la mujer iba siempre acompañada de su amiga, "sintiéndose acosada y vigilada por él y teniendo que cambiar sus hábitos de vida cotidiana".

El fiscal mantiene en su escrito acusatorio que el Melillero pertenece a una organización criminal dedicada principalmente al tráfico de drogas y ocasionalmente a delitos contra el patrimonio y que él actuaba como jefe y los demás procesados cumplían sus órdenes. Todos los acusados gozaban de un buen nivel de vida y no les constaba que realizaran un trabajo conocido.

El ministerio público precisa que el resto de procesados eran conocedores del plan de su jefe y buscaban la impunidad y ocultación de pruebas y que para ello hacían las labores que fuesen necesarias para llevarlas a cabo. El fiscal pide que el Poti, la persona que presuntamente arrojó el ácido, sea condenado a una pena total de 38 años y cuatro meses por dos delitos de asesinato en grado de tentativa, organización criminal y amenazas graves.

A los procesados, conjunta y solidariamente, pide el fiscal que indemnicen a la expareja del Melillero con 1.133.401,08 euros por las secuelas y lesiones y por el daño moral 6.000 euros más, pero en este caso que afronte el pago solo el exnovio. Para la amiga se pide que la indemnicen con 312.522,22 euros y el fiscal pide que cuando se celebre el juicio las dos víctimas declaren a puerta cerrada "para la adecuada protección de los derechos fundamentales de ellas, así como su derecho a la intimidad y para evitar perjuicios relevantes".

Además se solicita que la declaración tanto las víctimas como testigos protegidos se lleve a efecto evitando la confrontación visual con los procesados incluyendo la posibilidad de que los testigos puedan ser oídos sin estar presentes en la sala mediante la utilización de tecnologías de la comunicación.

El Melillero además de pertenecer, según el fiscal, a dicha organización criminal, tiene numerosos antecedentes penales con sentencias firmes por robo, lesiones, contra la seguridad vial, hurto, conducción temeraria e incluso ya fue condenado por un delito de malos tratos en el ámbito familiar contra otra expareja sentimental.

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