La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta en Almería ha abierto 13 expedientes sancionadores con multas que suman 6.340 euros por el uso no autorizado de detectores de metales en los últimos cuatro años.
Como ha indicado la Delegación Territorial en Almería a Europa Press, estas sanciones, muchas de ellas acogidas a pronto pago del 40%, van desde los 60 a los 3.000 euros. Según los datos ofrecidos, en lo que va de año se han tramitado cinco expedientes por el uso no autorizado de detectores de metales, así como una sanción de 100 euros por este motivo.
Tal y como recoge el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del 7 de octubre, el pasado 28 de junio de 2023 se notificaron dos casos por infracción al utilizar un detector de metales sin la correspondiente autorización en la playa de El Charco, ubicada en el Parque Natural de Cabo de Gata. Además, en 2023 también sobresale otra multa de 650 euros por reincidencia en el uso de detectores.
Los datos ofrecidos por la Delegación Territorial de la Junta en Almería indican que en 2022 las autoridades impusieron cuatro sanciones por el mismo motivo. Multas de 390 euros, reducidas al 40% en algunos casos, fueron comunes, en las playas de Mojácar y la zona de Torregarcia.
El año 2021 también reportó infracciones, como la sanción de 1.000 euros por el uso de un detector en el yacimiento de Romanientes, en la localidad almeriense de María, y la multa de 390 euros en una zona cercana al yacimiento de las Amoladeras. Así como una multa menor de 60 euros.
Entre los casos más destacados del año 2020 se encuentra una condena a tres personas por parte del Juzgado de lo Penal nº 6 de Almería por un delito contra el patrimonio, ocurrido en el yacimiento de La Gebera en Gérgal. El fallo, consultado por Europa Press, impone a los tres acusados una multa de doce meses a razón de cuatro euros diarios. Ese mismo año, una sanción de 3.000 euros fue impuesta por el uso indebido de un detector de metales cerca de la Torre de los Alumbres, en Rodalquilar.
El uso de detectores de metales y otros instrumentos que permitan la localización de vestigios arqueológicos está regulado en el artículo 60 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, publicado en el BOJA nº 34 el 16 de febrero, el cual modifica la Ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía.
El artículo 60 establece de manera clara la prohibición general del empleo de estos dispositivos, salvo en aquellos casos específicos vinculados a actividades arqueológicas autorizadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley.
Sin embargo, el uso de detectores de metales no está completamente restringido. Existen excepciones contempladas en el mismo artículo, que permiten su uso cuando no se tenga como finalidad la localización de restos arqueológicos. Entre ellas, se incluyen actividades realizadas por la Administración General del Estado en el ejercicio de sus competencias en materia de defensa.
Asimismo, se permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad utilizar estos dispositivos en el marco de sus atribuciones, dado que su uso en estos contextos responde a finalidades de seguridad y protección ciudadana.
Otras excepciones a la prohibición incluyen al personal autorizado de empresas suministradoras de servicios como electricidad, agua, gas y telecomunicaciones. Este personal puede utilizar detectores de metales bajo la supervisión y responsabilidad de dichas empresas, siempre que el objetivo sea el desarrollo de sus actividades cotidianas y no la búsqueda de restos arqueológicos. Esta disposición garantiza que las empresas puedan realizar su labor sin interferir con la conservación del patrimonio cultural.
El artículo 60 también permite que las empresas dedicadas a actividades mineras puedan emplear detectores de metales, siempre y cuando cuenten con la autorización correspondiente del órgano competente en la materia.
Cualquier hallazgo fortuito durante estas actividades debe ser inmediatamente comunicado a las autoridades competentes, sin derecho a indemnización ni premio alguno. Según la Delegación Territorial en Almería, los objetos encontrados, especialmente si tienen valor histórico o arqueológico, pasan a ser propiedad del Estado y se gestionan a través de los museos o las instituciones culturales pertinentes.