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Viernes 27/12/2024
 
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Almería

Casi 12 años de cárcel por violar a su expareja tras meses de amenazas y acoso

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a penas que suman 11 años y nueve meses de prisión impuesta por la Audiencia de Almería a un hombre

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  • El edificio del Tribunal Supremo en una imagen de archivo. -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a penas que suman 11 años y nueve meses de prisión impuesta por la Audiencia de Almería a un hombre por violar a su expareja, a la que previamente amenazó y acosó durante meses al no aceptar la separación.

La sentencia indica que el acusado mantuvo una relación sentimental con la víctima durante tres meses y subraya que se negó a dejarla, lo que obligó a la mujer a “poner distancia” marchándose a Palencia durante cinco meses.

Durante ese tiempo, y a pesar de las reiteradas negativas de la perjudicada, el procesado le manifestó a través de mensajes y de audios que era su novio, así como que iba a ir a la provincia en la que ella se encontraba con una pistola para matarla.

Además de insultarla y asegurar que si no volvía con él le pondría un cuchillo en la cabeza, también le aseguraba que difundiría entre sus compañeros, amigos y familia fotos de índole sexual de ella.

Aunque la mujer lo bloqueaba, el acusado continuaba llamándola a través de otros números de teléfono.

Tras estos cinco meses, la víctima regresó a Almería, y ya sobre las nueve de la mañana del 23 de febrero de 2021 el procesado se presentó en su domicilio y, una vez que ésta abrió la puerta, la empujó para registrar todas las habitaciones para comprobar si había alguien con ella.

Mientras hacía esto, la mujer envió un mensaje a una amiga para que llamase a la Policía si no le contestaba o enviaba un mensaje.

Acto seguido, el acusado le propuso tener sexo y ella se negó “rotundamente”, pero éste le aseguró que “era su mujer” y que si quería sexo, “tenía que tener sexo”. Finalmente, ante el temor de que la agrediera, y mientras lloraba, dejó que la desvistiese, siendo violada a continuación.

Pasados unos minutos, llegó la Policía, que encontró al procesado oculto bajo la cama.

Por estos hechos, la Audiencia condenó al procesado a un año y tres meses de cárcel por un delito de acoso; a un año de prisión por un delito continuado de amenazas en el ámbito de la violencia sobre la mujer, y a nueve años y medio de cárcel por un delito de agresión sexual, con la agravante de parentesco; además de a otras penas que incluyen órdenes de alejamiento, etc.

La defensa del hombre recurrió en primer lugar en apelación la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que desestimó dicho recurso, como ahora hace el TS con el de casación interpuesto contra el fallo del Alto Tribunal andaluz.

En este sentido, el TS afirma que “en absoluto” se puede considerar que la sentencia impugnada carezca de motivación, sino que deja, por el contrario, “explicadas de forma, razonada y razonable, las consideraciones que le condujeron a desestimar la apelación”.

“Tampoco podemos considerar infringido el derecho del acusado a la presunción de inocencia (…) Resulta plenamente reconocible la existencia de una prueba de cargo, válidamente obtenida y practicada de forma en todo regular, que resulta suficiente para nutrir y sustentar las conclusiones alcanzadas (…) que permiten excluir con solvencia cualquier otra hipótesis alternativa”, añade.

El 016 atiende a todas las víctimas de violencia machista las 24 horas del día y en 52 idiomas diferentes, al igual que el correo 016-online@igualdad.gob.es; también se presta atención mediante WhatsApp a través del número 600000016. 

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