La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a dos hombres para los que la Fiscalía solicitaba siete años de prisión al considerar que no ha quedado plenamente demostrado que fueran los responsables de pilotar una patera que desembarcó a varias personas en la costa de Almería tras producirse un trasvase de ocupantes con otra lancha en la que se fugaron tres tripulantes.
La Sección Tercera ha ordenado la puesta en libertad de ambos acusados, que se encontraban en prisión preventiva tras dictar una sentencia absolutoria ante el delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros que les fue imputado, según recoge el fallo consultado por Europa Press.
El tribunal ha señalado la "debilidad" de los indicios existentes para determinar "de forma indubitada" que ambos acusados patronearan o ayudaran a la navegación de una patera con un número indeterminado de inmigrantes, sentido en el que atienden tanto a la versión dada por la Guardia Civil así como al relato exculpatorio de ambos acusados, representados por el letrado Nabil El Meknassi.
Conforme a su versión, ellos formaban parte de los ocupantes de una embarcación que llegó a las costas de la cala del Barronal, en Níjar (Almería) sobre las 11,30 horas del 24 de enero del pasado año, donde fueron avistados por un helicóptero de la Guardia Civil. Junto a la patera, había otra embarcación desde la que se realizaba un trasvase de ocupantes, que eran conducido hasta la playa.
Con la aparición de las autoridades, esta segunda embarcación emprendió la huida mar adentro con tres tripulantes a bordo mientras que los dos acusados se quedaron en la primera de las pateras, desde la que trataron de huir si bien, finalmente, fueron detenidos en tierra firme.
Según la versión exculpatoria de los encausados, ellos formaban parte de los integrantes de la patera que había quedado averiada, de forma que el verdadero piloto huyó en la otra embarcación y los dejó allí sin transportarlos a tierra. De otro lado, aunque los agentes pudieron ver el trasvase de migrantes e identificar a los acusados, "no puede determinarse por ello que patronearan --la patera-- cargada de inmigrantes desde Argelia".
"Si como sostienen los acusados fueron abandonados allí tras llegar el helicóptero lo lógico era intentar llegar a la costa por sus propios medios como finalmente hicieron, siendo lógico, al constar en la causa su situación irregular", expone el tribunal, para el que carecer se sentido que "esperaran entonces el desembarco para huir ellos" así como que "la otra nave se acercara a ellos antes de huir ambas en direcciones opuestas".
En cuanto al GPS hallado en el camino de huida de los acusados y la bandolera que portaba uno de ellos, la Audiencia señala que son indicios insuficientes para incriminarlos, puesto que no pudo atribuirse la posesión específica del GPS a alguno de los acusados --no se sabe quién lo arrojó en la playa-- mientras que de la bandolera no hay referencias específicas a la titularidad de los móviles o tarjetas SIM que había dentro de ella, lo que abre la posibilidad de que su portador, al huir, la hubiera recogido de la embarcación sin que por ello fueran suya.