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Miércoles 27/11/2024
 

San Fernando

A De Bernardo le piden 39.000 euros y en su mandato se perdieron 6,2 millones

La demanda presentada por el Ayuntamiento ante el Tribunal de Cuentas considera que tanto él como Moreno están en un tercer escalón de responsabilidad y que deben pagar un poco menos que el funcionario al que se le reclama una cantidad menor, en este caso la tesorera.

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A Manuel María de Bernardo le reclama el Ayuntamiento de San Fernando ante el Tribunal de Cuentas una cantidad de 39.000 euros como responsable subsidiario por el desfalco de la Caja Municipal, cuando durante su mandato como alcalde desaparecieron de la misma más de 6,5 millones de euros entre enero de 2005 - que fue cuando relevó a Moreno en el cargo-, hasta que se descubre en 2009 que falta el dinero.

Es la misma cantidad -39.000 euros- que se le pide al ex-alcalde Antonio Moreno, si bien en su caso se ha estimado que cuando él estaba como primer edil desaparecieron poco más de 1,2 millones de euros en el periodo comprendido entre 2002, que es cuando empieza el desfalco, hasta que se marcha en enero de 2005.

Ahora, bien la pregunta que ha estado en la calle desde que se supo que el Ayuntamiento pediría responsabilidad directa a los ex-cajeros, Clemente Ruiz y María José Lebrero, y subsidiaria a los interventores y tesoreros/as y a los dos ex-alcaldes es porqué se le piden precisamente tanto a Moreno como a De Bernardo esos 39.000 euros.

Justificación de la cantidad
Pues bien, en la demanda presentada por el Ayuntamiento ante el Tribunal de Cuentas dice textualmente sobre los ex-alcaldes que “por lo que hace a los ordenadores de pagos las conductas determinantes de negligencia, además de que son más restringidas que la de los funcionarios, se refieren al incumplimiento del artículo 41,2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales desatendiéndose a la confección de los arqueos y dando por buenos los verificados pese a que contenían cantidades tan extremadamente elevadas en la caja de efectivo que debieron ser cuestionadas o alarmar precisamente a quien ordenaba los pagos de remesa de esa caja de efectivo. Igualmente criterios de equidad y prudencia requieren que la cuantía del resarcimiento al que puedan estar obligados por los daños producidos durante su mandato tengan que ser necesariamente inferiores al que se les exige subsidiariamente a los funcionarios responsables de la Intervención y Tesorería, que estaban llamados a verificar arqueos y no solamente a firmarlos como el alcalde. La confianza que despertaba en ellos el funcionamiento de los servicios municipales y la imposibilidad de alumbrar o detectar el alcance por sus propias iniciativas los sitúa en un tercer escalón de responsabilidad, si bien subsidiaria, pero más atenuada que la de los funcionarios demandados y, por tanto, la cantidad que se les reclama ha de ser menor (...), sin superar la cantidad menor reclamada a los funcionarios que han ejercido mayoritariamente durante sus mandatos”.

La que menos
En este sentido, de los funcionarios que son considerados responsables subsidiarios por parte del Ayuntamiento en el caso del desfalco de la caja, a la que menor cuantía se le pide es a la tesorera María Virtudes Gómez Montero con una cantidad de 39.392 euros, de ahí que tanto a De Bernardo como a Moreno se les hayan rebajado 392 euros y se les haya fijado la ya reseñada cantidad de 39.000 euros. 

Esa es la respuesta a una de las grandes cuestiones que se había puesto sobre la mesa en cuanto a los argumentos que habían motivado al Ayuntamiento isleño a pedir dicha cantidad a los dos ex-alcaldes.

A los funcionarios, en función del complemento específico

También se han fijado distintas cuantías por responsabilidad subsidiaria a José Antonio López Fernández, antes tesorero y ahora interventor por un importe de 105.847 euros, distribuidos en 57.000 por su cargo de interventor y 48.000 por el de tesorero; a Rafael Monzón Ristori, interventor hasta el año 2006 por una cantidad de 61.525 euros; y a la actual tesorera María de las Virtudes Gómez Montero, por una cuantía que alcanza los 39.392 euros.

Pues bien todas estas cantidades, salen de retirarles a los tres el complemento específico o retribuciones complementarios que estuvieron percibiendo durante el periodo que ejercieron sus funciones mientras que se producía el robo de los más de 7,8 millones de euros de la Caja Municipal.

Según recoge la demanda. “De acuerdo con el Real Decreto 861/1986, de 25 de abril que regula el régimen de retribuciones de los funcionarios de la administración local en su artículo 4,1, el complemento específico está destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsabilidad, peligrosidad o penosidad”, a lo que añade que “entendemos que la normal diligencia en el cumplimiento de las responsabilidades del puesto de trabajo esté retribuida dentro de ese complemento específico” y por ello se entiende que deben de devolverlo.
 

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