El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) y a la aseguradora ZURICH a indemnizar con 72.000 euros a la familia de una paciente fallecida tras realizarle un cateterismo con falta de información y sin su consentimiento informado.
El Defensor del Paciente ha informado hoy en un comunicado de que su demanda administrativa al SAS fue rechazada pese a que el Consejo Consultivo de Andalucía estableció la existencia de "incumplimiento de lex artis" en este caso por la ausencia o falta de un documento de consentimiento informado para la práctica del cateterismo.
Además, no existió justificación para tal omisión por razones de urgencia pues, si bien fue prescrito con carácter urgente, no se practicó hasta cinco días después, "tiempo más que suficiente para haber recabado por escrito al paciente interesado el consentimiento informado", según el comunicado.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Sevilla ha coincidido con el Consejo Consultivo de Andalucía y ha determinado que la ausencia del consentimiento informado previo al cateterismo supuso una grave infracción porque privó a la paciente, y por extensión, una vez fallecida, a sus familiares y allegados, del derecho a la autodeterminación, "esencial a la hora de elegir libremente qué cirugía se hace uno en su propio cuerpo", según el comunicado.
La paciente fallecida B.S.M., de 57 años, era natural de Puerto Real (Cádiz) y fue ingresada en el servicio de Urgencias del Hospital de Jerez de la Frontera el 22 de febrero de 2007 por principio de angina de pecho.
Según el Defensor del Paciente, su estado de salud "en ningún momento empeoró, ni fue a más" en el tiempo que estuvo ingresada en dicho hospital, por lo que los médicos de urgencia decidieron subirla a planta desde la noche de su ingreso y hasta el 5 de marzo.
En este periodo se le realizaron una o dos ecografías con "resultados favorables" y días antes del cateterismo se le hizo una prueba de fuerza "donde se observó que tenía una obstrucción leve", por lo que se plantearon hacerle un cateterismo el 5 de marzo "que posteriormente se les olvida, posponiendo la prueba para el día 6, lo que demuestra que no existía ningún tipo de urgencia vital", según el Defensor del Paciente.
El comunicado añade que el 6 de marzo a las 08:20 horas se le realizó el cateterismo "sin mediar información de ningún tipo ni consentimiento informado" y a las 10:00 horas, el médico que lo realiza solicitó la presencia de la familia a la que comunicó "sin ningún tipo de preámbulo ni delicadeza que se había producido una rotura en la arteria aorta durante la intervención y que estaba muy grave.
Por ello fue necesario "su traslado con la máxima urgencia al Hospital Puerta del Mar de Cádiz, ya que el Hospital de Jerez no tiene los medios suficientes para hacer frente a una operación de corazón".
Una vez en el Hospital Puerta del Mar, los cirujanos de Cardiología comunicaron a la familia que la paciente debía de ser intervenida "a corazón abierto" por la rotura de la arteria aorta, ya que se desangraba rápidamente, pero matizaron que su corazón estaba débil para una intervención de ese calibre y que no podían esperar el tiempo necesario para fortalecer su corazón, pues tenía una pérdida de sangre que podía ocasionar una hemorragia masiva.
Se le realizó la intervención quirúrgica urgente pese a lo cual la paciente falleció en el postoperatorio, según el relato del Defensor del Paciente.