La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha absuelto a N.S.E.N., el varón de nacionalidad senegalesa acusado de agredir sexualmente a la empleada de un club de alterne de Jaén en el que ambos trabajaban, no quedando probado dicho delito así como tampoco una falta de lesiones y otra de injurias, según ha manifestado a Europa Press el letrado de la defensa, José Carmelo Sánchez.
En la vista oral, celebrada el martes de la pasada semana, el procesado, recepcionista del local, negó que la forzara, del mismo modo que aseguró que fue la presunta víctima, de Nigeria, la que lo agredió a él "rompiéndole la camisa y lanzándole un zapato", según declaraba en el juicio, al que no se presentó la presunta víctima, habiendo sido imposible su localización.
Además, el acusado señalaba que la mujer estuvo "un par de meses" en el club, si bien no llegaron a mantener una relación sentimental pero sí "sexual". Así, el 15 de agosto de dicho año "lo llamó a la recepción sobre las 23,30 horas y le dijo que subiera a su habitación". Una vez allí, "mantuvieron relaciones sexuales pero sin golpearla y con su consentimiento".
"Cuando me veía hablando con otra se ponía nerviosa y empezaba a insultarme diciéndome negro de mierda y yo me callaba", aseveraba en su declaración. Además, aludió a que intentó ayudarla porque ese mismo día ella le habló de "problemas familiares" y le proporcionó para solucionarlos "cien euros". "Yo no la forcé", reiteró N.S.E.N.
De su lado, una de las empleadas, propuesta como testigo, indicaba en el juicio que "ella le rompió una camisa y quería darle hasta con el zapato en la cabeza". La testigo señaló con rotundidad que "era muy problemática con todas las chicas y los camareros", si bien el acusado "la respetaba". "Peleaba con todo el mundo", comentó de forma tajante.
Por su parte, las peritos afirmaron que la presunta víctima les dijo cuando mantuvieron un encuentro con ella que "la habían intentado violar". No obstante, les dijo que "no había habido penetración de ningún tipo", por lo que no le fue realizada una exploración más pormenorizada. Presentaba lesiones de carácter leve compatibles con "cualquier tipo de agresión".
Con todo, la Fiscalía elevó a definitivas sus conclusiones provisionales solicitando para el procesado tres años de prisión y la prohibición de acercarse y comunicarse con ella durante un periodo de cinco años por el presunto delito de agresión sexual y una responsabilidad civil de 3.500 euros.
De su lado, el letrado de la defensa pidió la libre absolución del acusado al no apreciar culpabilidad, haciendo referencia a "la poca importancia que le habrá dado" la presunta víctima a los hechos cuando "no se ha presentado en el juicio y ni siquiera dejó un domicilio" en el que pudiera ser localizada y donde se le pudieran notificar las distintas resoluciones judiciales.
RESIDÍA EN UNA HABITACIÓN DEL CLUB
Cabe recordar que en el escrito de la Fiscalía consta que la presunta víctima residía temporalmente en la habitación de un club de alterne perteneciente al término municipal de Jaén, si bien los hechos se remontan al 15 de agosto de 2010 cuando el procesado "se dirigió a la habitación de la mujer y entró cerrando la puerta con violencia". Una vez dentro, "le comunicó su deseo de mantener relaciones sexuales" y "la echó sobre la cama comenzando a golpearla y a quitarle la ropa".
Además, según el mencionado escrito de acusación, tres días más tarde, al cruzársela por los pasillos, N.S.E.N. la llamaba "puta" o "loca", del mismo modo que "le escupía". En concreto, el tercer día "la golpeó causándole de nuevo lesiones leves". Así, la presunta víctima tuvo "seis días impeditivos para sus ocupaciones habituales".
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