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Miércoles 27/11/2024
 
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Huelva

El Supremo condena al Ayuntamiento de Bollullos a readmitir a los despedidos en 2009

El Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por el Consistorio contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

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El Tribunal Supremo ha condenado al Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado a cumplir con la readmisión de los trabajadores despedidos en 2009, cuando se produjo un cambio en la Alcaldía al prosperar una moción de censura contra el entonces exalcalde socialista, Carlos Sánchez.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por el Consistorio contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que declaraba "inadecuado" el procedimiento seguido por el Ayuntamiento para no dar cumplimiento a la readmisión de los trabajadores ordenada por el Juzgado de lo Social.

Concretamente, se relata como probado que tras prosperar la moción de censura en el citado ayuntamiento, el grupo socialista que gobernaba hasta entonces el consistorio pasó a la oposición, y eso permitió que el nuevo alcalde, Francisco Díaz (Independiente) acordara en el pleno municipal celebrado el 20 de enero de 2009 declarar inválidos los contratos que 40 trabajadores suscribieron con el alcalde anterior.

El Ayuntamiento consideraba que los contratos eran nulos de pleno Derecho y procedió a dar de baja en la Seguridad Social los trabajadores afectados en esa misma fecha.

Varios trabajadores impugnaron dicho cese por despido que fue declarado nulo por sentencia firme, aunque la readmisión no se produjo tras haber transcurrido el plazo para ello.

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