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Lunes 25/11/2024
 

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La Junta se opone a ejecutar la compra del suelo sobre el que se asienta el hotel

La Junta de Andalucía ha trasladado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que se opone a hacer efectiva la compra por 2,3 millones de euros de las fincas en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras

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  • El Algarrobico. -

La Junta de Andalucía ha trasladado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que se opone a hacer efectiva la compra por 2,3 millones de euros de las fincas en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), que le dan la propiedad del suelo en el que se asienta el hotel de Azata del Sol y ha solicitado que no se admita a trámite el incidente de ejecución planteado por la asociación "Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar'.

 Argumenta, entre otros motivos, que la sentencia cuya ejecución se está pidiendo confirma "el acto administrativo" por el que la Junta ejerció el derecho de retracto en 2006 para obtener la titularidad pública del suelo "y lo deja tal y como fue dictado", por lo que considera que, según la jurisprudencia, en este caso el "tribunal de justicia no puede decir ni aconsejar ni ordenar a la administración cómo tiene que ejecutarlo".

   El escrito en el que se opone a la pretensión de 'Amigos del Parque Natural' y remitido a la Sección Primera del Alto Tribunal andaluz indica, asimismo, que queda "pendiente la firmeza de otras dos sentencias" del propio TSJA referentes al retracto ya que, aunque se pronunciaron en el mismo sentido al confirmar que la adquisición de las fincas fue conforme a derecho, ambas fueron recurridas en casación por Azata y Azata del Sol ante el Tribunal Supremo (TS).

   La Junta arguye en el citado escrito, al que tuvo acceso Europa Press, que estas no se podrían ejecutar "ni aún provisionalmente" porque se debe tener en cuenta "la inseguridad jurídica" que crearía "la alteración de la inscripción o la cancelación de asientos en los registros públicos" para modificar la titularidad de suelo "cuando quedan pendientes --ahonda-- las decisiones del TS sobre la legalidad del ejercicio de retracto sobre la totalidad de las fincas".

"FIRME VOLUNTAD DE CUMPLIR EL PROTOCOLO"

   Al hilo de esto, asegura que es "esa seguridad jurídica" la que impone "posponer la ejecución" hasta el momento "en que se produzca la resolución definitiva de estos y otros pleitos pendientes" aunque matiza, en una línea más política que jurídica, que "ello no entorpece la firme voluntad de dar cumplimiento al convenio suscrito el 15 de noviembre de 2011 con el entonces Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino para la recuperación de esta playa de El Algarrobico".

   Por último, y como motivo tercero para fundamentar que no procede admitir a trámite el incidente de ejecución, dice que el colectivo conservacionista "no puede tenerse como parte a la ejecutante" ya que no puede entenderse que sean "personas afectadas por que puedan ver menoscabados o perjudicados sus derechos o sus intereses legítimos por efecto de la ejecución o inejecución de la sentencia".

"LA RESTAURACIÓN DEL MEDIO NO DEPENDE DE LA PROPIEDAD DEL SUELO"

   "No podría apreciarse que los derechos o intereses de esta asociación se identifiquen con la adquisición o no de estas fincas, ni siquiera desde la perspectiva de la acción pública para recurrir los actos y omisiones imputables a las autoridades públicas que constituyan vulneraciones de la legislación ambiental ya que la restauración del medio no depende de la propiedad del suelo sino del régimen jurídico que se aplique", en alusión a su carácter protegido o urbanizable.

   La asociación 'Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar' interpuso a mediados de mayo el incidente de ejecución en el que pide que se obligue a la Junta a designar al delegado territorial de Medio Ambiente para que, en su nombre, formalice las escrituras de compraventa o en su defecto el Acta de Pago y Ocupación y demás documentación necesaria hasta la inscripción de la fincas en los registros pertinentes.

   El colectivo conservacionista pide también, sin perjuicio de lo anterior, que el TSJA inste a ejecutar el protocolo general de colaboración entre la Junta y el Gobierno central para la recuperación de la playa del Algarrobico publicado en el BOE de 6 de Diciembre de 2011.

   El retracto se justificó en su día en la protección de los valores ambientales del parque natural de Cabo de Gata-Níjar y así lo confirmó el Alto Tribunal en su sentencia, firme desde el pasado mes de enero, en la que subrayaba que el interés medioambiental del paraje "resulta notorio" por estar bajo hasta seis figuras conservacionistas europeas y aludía al fallo de la misma sala que en junio de 2012 declaro el paraje "espacio protegido no urbanizable".

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