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Miércoles 27/11/2024
 

Provincia de Granada

Fiscalía pide penas de hasta 9 años para 45 acusados del fraude de las entradas de la Alhambra

Para diez de ellos pide nueve años de prisión y 9.000 euros de multa, mientras que para los 35 restantes rebaja la pena a los 4 años de cárcel y 2.160 euros de multa. Por otro lado, para otros 32 imputados interesa el libre sobreseimiento, \"por no quedar acreditada su participación en los hechos

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  • Alhambra de Granada. -

La Fiscalía de Granada ha solicitado penas de entre cuatro y nueve años de cárcel y multas para 45 acusados por el supuesto fraude en la venta de entradas y el control de accesos a la Alhambra de 2002 a 2005, la mayoría de ellos controladores, en un caso cuya instrucción ha durado casi nueve años y que concluyó con un total de 77 imputados.

   Concretamente, les atribuye provisionalmente un delito continuado de apropiación indebida --o subsidiariamente un continuado de estafa--; otro continuado de falsedad en documento mercantil; y finalmente un delito continuado de daños al patrimonio histórico artístico.

   Para diez de ellos pide nueve años de prisión y 9.000 euros de multa, mientras que para los 35 restantes rebaja la pena a los 4 años de cárcel y 2.160 euros de multa. Por otro lado, para otros 32 imputados interesa el libre sobreseimiento, "por no quedar acreditada su participación en los hechos".

   En concepto de indemnizaciones, el fiscal reclama además a todos los acusados, con las agencias de viajes Daraxatour S.L. y Washington Irving S.L. como responsables civiles subsidiarios, que paguen conjunta y solidariamente al Patronato de la Alhambra y el Generalife 6,66 millones de euros, cifra que calcula que supuso el perjuicio económico para el monumento por los ingresos no percibidos y por los daños materiales causados por los excesos de aforo.

   Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, la presunta trama delictiva estaba encabezada por cinco miembros de una misa familia, dos de ellos guías turísticos, otro director comercial del Hotel Carmen y el resto de las agencias de viajes Witt Travel S.L. yy Daraxatour S.L., quienes "con la finalidad de conseguir un provecho patrimonial ilícito idearon y ejecutaron durante los años 2002 a 2005 un plan" para ingresar lo que sus clientes pagaban para obtener una entrada a la Alhambra, monumento al que accedían pese a este sistema ilícito.

   Estos acusados aprovecharon también las relaciones de amistad y profesionales que les unían con otro de los procesados, un guía turístico que durante 40 años prácticamente monopolizó la visita del turismo japonés a Granada gracias a su conocimiento del idioma y contactos con agencias que gestionaban grupos de esta nacionalidad.

MODUS OPERANDI

   Así, las formas en que los inculpados procuraron el acceso de sus clientes al recinto sin entrada; o con una entrada comprada pero cuyo uso no se correspondía con los datos que figuraban en ella, bien porque estuviera ya utilizada, fuera para hora distinta, para menor número de turistas que los que la  usaban o relativas a cupos de entradas destinados a otras formas de turismo distinto al de grupos --único con los que podían operar los acusados--.

   También lo conseguía con una entrada impresa de manera ilícita, es decir, al margen del sistema reglamentado de impresión, y los datos para imprimir estas entradas se obtenían bien de las reservas efectuadas en BBVA, que eran posteriormente cancelados, bien de los bonos de la Federación de Hostelería y Turismo de Granada que no eran retirados.

   Salvo en este último caso, debían contar con la activa participación de los peones controladores del monumento, personal laboral que prestabansus servicios en la puerta principal de acceso --Mexuar-- cortando el bisel correspondiente de la entrada, y con la de los oficiales de primera y segunda categoría, cuya función era controlar la actividad de los primeros e impedir el acceso irregular al mismo, cuando no los sustituían en sus funciones.

   Para la impresión ilícita de entradas la trama requirió la colaboración de otros tres procesados, el que fuera responsable del sistema informático, y dos oficiales de primera, que eran los encargados del traslado y custodia de los billetes, y que fueron responsables de la sustracción de 50.000 billetes con los que se procedieron posteriormente a imprimir ilegalmente entradas por parte de los acusados.

   En cualquier caso, según el fiscal Luis Salcedo, encargado de la redacción del escrito de acusación, fue necesario que los procesados contaran con clientes que contrataran sus servicios para adquirir entradas, actividad que se desarrolló a través de dos sociedades: Washintong Irving S.L --también conocida como Witt Travel-- y Daraxatour, S.L.

   No obstante, también se procedió a la venta directa de entradas a otros guías turísticos, incluso en la misma puerta de acceso al monumento, y a otras agencias de viajes, por parte de los acusados, que además, "con sus prácticas de acaparar buena parte del cupo de entradas que por todos los conceptos diariamente se ponían a la venta", se colocaron en una situación de "ventaja" frente a otras agencias y guías turísticos que se veían obligados a veces a acudir al circuito ilegal de venta de entradas puesto en marcha por ellos.

   Por otro lado, al procurar los inculpados y permitir los peones controladores y oficiales el acceso de más turistas que los estipulados reglamentariamente como aforo diario para el buen uso y conservación del monumento produjeron, al no respetar la normativa que regula su acceso, daños importantes en el patrimonio histórico artístico, tasados en 3.165.802 euros --a los que se suman otros 3,5 millones por ingresos no percibidos por el acceso irregular--.

   Sin embargo, y aunque la Fiscalía señala que prácticamente ninguna de las normas que regulaban el sistema de adquisición de entradas y acceso al monumento eran cumplidas por los agentes implicados, ya se trataran de guías, agencias de viajes, la Federación de Hostelería, sus asociados, el BBVA, sus empleados, o los trabajadores del Patronato de la Alhambra, ha decidido pedir el sobreseimiento para algunos de ellos, porque "la existencia de una irregularidad" no supone "per se" vinculación con la trama delictiva.

   Sin embargo, llama la atención sobre el hecho de que, aunque no se haya podido determinar "con absoluta claridad" una conexión "indiscutible" con los acusados y su círculo más íntimo de manera que tales prácticas tuvieran por objeto beneficiarles, en este caso más bien "parece que esta generalizada negligencia y falta de cumplimiento de la normativa fue la situación en la que la conducta que se narra pudo germinar y desarrollarse".

INCREMENTO PATRIMONIAL Y GASTOS NO JUSTIFICADOS

   Por otro lado, destaca que la investigación realizada sobre algunos de los imputados ha determinado la existencia de "incrementos patrimoniales no justificados" durante estos años y, en la mayoría de los acusados se observa un consumo de su núcleo familiar "que no se corresponde con los ingresos derivados de sus actividades profesionales".

   Como ejemplo, cita ingresos dinerarios en algunos casos, adquisiciones de vehículos al contado, viviendas, o plazas de aparcamiento que se han adquirido de forma desconocida. En el caso del núcleo de la familia responsable de la agencia Daraxatour y Witt Travel, el fiscal indica que pese a que los flujos de renta de les eran negativos en el periodo investigado, por importe de 105.864,26 euros, es decir que gastaban más de lo que ingresaban, se han observado "gastos de difícil justificación" y que son demostrativos de un "alto tren de vida".

   De hecho, adquirieron en régimen de copropiedad con otras tres personas por parte del padre de una avioneta en 2005 por la que pagó 15.000 euros, así como el pago de 6.000 por un curso de piloto y de 900 euros anuales de seguro; abonos que se hicieron en efectivo y cuyo origen "se desconoce".

   En resumen, los ingresos en efectivo en cuentas bancarias de esta familia sin poder justificar inicialmente su procedencia son 45.623,24 euros en las cuentas personales y 273.514,46 euros en las de  Daraxatour, cifras ambas que suman 319.137,70 euros. Por tanto, el cómputo total de la cuantía del capital no justificado podría ascender en su caso a más de 334.100 euros.

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