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La Junta requisa pescado y un equipo de buceo a dos pescadores furtivos en Los Escullos, en Cabo de Gata

El pescado decomisado, de unos cinco kilos de peso, ha sido entregado a un comedor social de Almería

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Un agente de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha requisado en la mañana de este sábado un total de tres pulpos, tres salmonetes y un tordo a dos pescadores furtivos que las habían capturado en el paraje de Punta de Los Escullos, en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar (Almería).

   Según informa la Junta en una nota, el agente ha decomisado también un equipo completo de buceo --un traje de neopreno, unas gafas, un fusil, plomos y un capazo para el pescado--. Así, el agente de la Junta ha sorprendido a los furtivos 'in fraganti' --uno de ellos en el agua y otro de apoyo en tierra--, a las 11,00 horas, "después de un largo lapso de tiempo de vigilancia en la zona". El pescado decomisado, de unos cinco kilos de peso, ha sido entregado a un comedor social de Almería.

   Esta es la segunda operación de decomiso que han realizado los Agentes de Medio Ambiente en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar en menos de un mes. El pasado 23 de septiembre, en otra operación de vigilancia, los agentes requisaron unos 35 kilos de especies marinas capturadas por tres pescadores furtivos, también en el paraje Los Escullos.

   El delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, José Manuel Ortiz, ha valorado la "labor de vigilancia" del Espacio Natural que realiza el servicio de Agentes de Medio Ambiente para "preservar los ricos y numerosos valores naturales con que contamos todos los almerienses".

   Ha insistido en que "la pesca ilegal no sólo supone un menoscabo de nuestros valores ambientales, sino que también va en detrimento de quienes dentro de la legalidad ejercen actividades económicas que permiten el desarrollo sostenible en un Parque Natural cada vez más valorado dentro y fuera de nuestra provincia".

   Por este motivo, Ortiz ha manifestado que "la sensibilización de la población es cada vez mayor" y, como en este caso, "es de agradecer la colaboración ciudadana que resulta de especial importancia en la defensa de nuestros valores naturales".

LIMITACIONES DE PESCA

   En las aguas interiores del Parque Natural sólo podrán realizarse actividades pesqueras de carácter artesanal --redes de enmalle, trampas o nasas y aparejos de anzuelo-- y pesca de recreo, de acuerdo con la normativa particular de este plan y del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque. Asimismo, se podrá emplear el arte denominado 'moruna', con las limitaciones que establece la normativa.

    En la franja marina del Parque Natural, sin embargo, está prohibida la pesca submarina en aguas interiores, la pesca con artes de arrastre, de cerco y con artes de enmalle fijos o de deriva que no se ajusten a lo establecido en la normativa pesquera vigente.

   La normativa del parque contempla igualmente las reservas marinas (A2), que de acuerdo con los objetivos y propuesta de ordenación y en los términos establecidos en la normativa general, se consideran "compatibles" las actuaciones de conservación y regeneración de los ecosistemas, las actividades científicas, y el tránsito a velocidad de navegación inferior a diez nudos --excepto para las embarcaciones de los servicios de vigilancia, gestión o salvamento, que podrán exceder éste límite cuando el desempeño de sus funciones así lo requiera--.

   Del mismo modo, se permite la realización de filmaciones o reportajes gráficos que tengan como finalidad la divulgación del interés ambiental y científico del Parque Natural, que estará sometida a autorización al igual que aquellos otros que realizados desde embarcaciones no resulten lesivos ambientalmente.

   Por contra, de acuerdo con los objetivos y propuesta de ordenación, se consideran "incompatibles" la pesca deportiva desde embarcación o tierra, la pesca comercial --industrial y artesanal-- y el marisqueo en aguas interiores, así como el aprovechamiento de las praderas de fanerógamos marinas y formaciones de algales, la recolección de cualquier tipo de organismo, excepto los destinados a fines científicos; las prácticas y adecuaciones náutico-deportivas, o la instalación de arrecifes artificiales en aguas interiores, entre otras.

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