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Martes 05/11/2024
 

Córdoba

Condenados a prisión un varón y una mujer acusados de difundir un vídeo erótico de una pareja

La pareja grabó el vídeo para \"uso íntimo\", pero vendió la tarjeta creyendo que lo habían borrado y los procesados enviaron por \'WhatsApp\'

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El Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha dictado una sentencia tras una conformidad por la que condena a un varón y una mujer a penas de un año de cárcel para cada uno de ellos y multas de 1.080 y 720 euros, respectivamente, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, tras supuestamente difundir por 'WhatsApp' un vídeo erótico de una pareja.

   Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en noviembre de 2013, la pareja afectada grabó con un teléfono móvil un vídeo de ambos "manteniendo relaciones sexuales". La grabación que realizaron era "para su uso íntimo y personal", apunta la juez.

   Posteriormente, en fecha no concretada, pero entre noviembre de 2013 y agosto de 2014, el hombre de la pareja, "tras resetear la tarjeta de su teléfono, y creyendo que el vídeo erótico que grabaron estaba borrado", vendió dicha tarjeta de memoria al acusado, y éste al colocar la tarjeta en su teléfono comprobó la existencia del citado vídeo erótico, al tiempo que "no comentó nada" al hombre.

   Así, en la tarde del día 31 de agosto de 2014, el procesado se encontraba en un bar de la localidad cordobesa de Priego de Córdoba, en compañía de su amiga, también acusada, y en un momento dado, "sin conocimiento ni autorización" de las personas que salen en el citado vídeo de contenido sexual, "enseñó y envió vía 'WhatsApp' el citado vídeo" al número de teléfono de la procesada, según indica la magistrada.

   A su vez ésta última, "también sin autorización alguna de tales personas", supuestamente pasó vía 'WhatsApp' el vídeo de contenido sexual a otro hombre, que en esos instantes se hallaba en el referido bar, al tiempo que le envió un mensaje de texto diciéndole que se lo enseñara al exmarido de la mujer que salía en el vídeo, "no constando que éste último lo hiciera".

   Mientras, según señala la resolución, el acusado mostró el video erótico a otro de los clientes que se encontraban en el local.

   Cabe destacar que el Ministerio Público pedía para cada uno de ellos penas de dos años de prisión y multas por valor de 5.760 euros, mientras que las defensas solicitaron la absolución.

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