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Sábado 23/11/2024
 
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Antequera

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se convocan para el próximo día 24 de mayo las elecciones a las presidencias de ELA constituidas en Andalucía

Los impresos comunes para el proceso serán los homologados, con carácter general, por el Ministerio del Interior.

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El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se convocan para el próximo día 24 de mayo las elecciones a las presidencias de las Entidades Locales Autónomas (ELA) constituidas en Andalucía. Este trámite, complementario del que realiza la Administración central para los municipios, corresponde a la Junta tras la entrada en vigor en 2010 de la Ley de Autonomía Local de Andalucía.

Junto con la convocatoria, el Consejo ha aprobado también otro decreto que establece las características de los medios materiales que se utilizarán en el proceso electoral. De acuerdo con esta norma, los espacios y cabinas serán los mismos que se fijan para el conjunto de las elecciones locales, mientras que las mesas electorales dispondrán de urnas específicas relativas a las ELA.

Los impresos comunes para el proceso serán los homologados, con carácter general, por el Ministerio del Interior. Los específicos para las ELA se pueden descargar en www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior. Los plazos y periodos de la convocatoria serán idénticos a los de las elecciones locales. El decreto también establece el número de vocalías que corresponde a cada junta vecinal.

La convocatoria de elecciones afecta también a los nuevos municipios segregados como tales durante esta legislatura pero que aún no cuentan con el órgano de gobierno transitorio previsto (comisión gestora). Se trata de Játar y Domingo Pérez de Granada, ambos en la provincia granadina.

La figura de la Entidad Local Autónoma, creada en 1997 de acuerdo con la Ley Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, tiene como principales objetivos descentralizar y mejorar la gestión y los servicios que se prestan en aldeas y pedanías alejadas de las poblaciones que ostentan capitalidad municipal. La ELA supone que el núcleo de población reconocido adquiere cierto nivel de autonomía respecto al consistorio matriz y asume la gestión de una serie de servicios en coordinación con el municipio.

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