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Condenada por abandonar a su hija de seis años, a la que dejaba con personas que la "maltrataban"

El fallo, que no es firme y sobre el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, impone a la mujer una pena de seis meses de prisión y seis años de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad

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El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a una mujer por un delito de abandono de menores al considerar que ha "incumplido de forma grave y reiterada" sus obligaciones a la hora de cuidar a su hija de seis años, a la que dejaba al cargo de terceros que la "maltrataban" y "malnutrían" hasta el punto de tener que ingresar en un hospital a causa de fracturas óseas.

   El fallo, que no es firme y sobre el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, impone a la mujer una pena de seis meses de prisión y seis años de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad que le impide quedarse al cargo de la menor, cuya tutela ya pasó a manos de la Junta de Andalucía, que le retiró la custodia a la madre tras su ingreso hospitalario.

   La sentencia, consultada por Europa Press, señala que la madre dejó a la menor al cuidado de su 'madame' mientras ella ejercía la prostitución, de forma que la niña estaba "durante semanas enteras" al cargo de terceros. Asimismo, hacía "caso omiso a las lesiones, magulladuras" y "fracturas óseas en distintas fases de cicatrización derivadas de los actos de sus cuidadores".

   En el mismo sentido, se declaró probado que la niña también sufría "vómitos constantes" a causa del "grave déficit en su higiene personal, vestimenta y alimentación", lo que le provocó un estado de "desnutrición, retraso en el desarrollo físico, falta de estimulación para relacionarse, desconfianza hacia los adultos, temor y actitud silenciosa", entre otras secuelas.

   La juez afirma en sus fundamentos que la versión ofrecida por la madre "no es ni creíble ni coherente" en cuanto a que, según la magistrada, era conocedora de las lesiones físicas y el "grave deterioro" físico y de desarrollo de la pequeña. Asimismo, desecha las razones dadas por la mujer, quien alegó estar "amenazada" por la 'madame', quien a la vez era la cuidadora de la niña.

   "No es creíble que la madre no supiera los tratos a los que estaba sometida su hija y sí dos personas ajenas a la misma", señala la juez, quien hace referencia a la declaración de dos compañeras de la acusada, quienes relataron la situación en la que se encontraba la menor ante el procedimiento administrativo iniciado de oficio después de que la niña ingresara con una fractura de húmero en el hospital del Poniente en El Ejido (Almería).

   Igualmente, la magistrada ratifica el informe de la Fiscalía al observar la relación entre la acusada y su 'madame', con la que podía "discutir cuando quisiera con ella" y a la que defendía "manifestado siempre que era de su familia". En esta línea, cuestiona que la acusada no actuara por "miedo" a esta supuesta 'madame', además por algo "que ya ha sucedido".

   Del mismo modo, se tuvieron en cuenta dos testimonios más, quienes señalaron que no vieron "miedo" en la madre, sino más bien "desinterés" y "desapego" hacia la menor, así como "pasividad" ante la situación, por lo que la acusada era "plenamente consciente" de la situación de la niña.

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