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Lunes 25/11/2024
 

Almería

La AN pide al Estado que informe del traslado de material radioactivo

La Audiencia Nacional (AN) ha dado cinco días a la Abogacía del Estado para que aclare si es "área contaminada" o un "caso de exposición perdurable"

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  • Manuel Fraga. -

La Audiencia Nacional (AN) ha dado cinco días a la Abogacía del Estado para que informe sobre el traslado en 2016 al área bajo vigilancia radiológica de Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería) de casi 1.500 kilos de material radioactivo que permanecen almancenados en contenedores y para que aclare si el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) considera las 40 hectáreas un "área contaminada" o, por el contrario, se reafirma en lo que ha mantenido a lo largo del pleito que se sigue ante este tribunal y que pasa por que es "solo un caso de exposición perdurable".

En una primera diligencia de 22 de octubre, la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo insta a alegue sobre las "contradicciones" señaladas por la parte demandante y el CSN defina la clasificación que da a la zona ya que es, tal y como apuntó Ecologistas en Acción, es "sumamente relevante para el presente procedimiento que el CSN lo aclare, pues la normativa a aplicar en ambas clasificaciones es muy diferente y también lo son los criterios radiológicos".

La segunda diligencia de ordenación, consultada por Europa Press y dictada tres días después, llega después de que, según indica, se hayan producido "hechos nuevos" al respecto tras reconocerse por parte del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat) que se depositaron materiales procedentes de los sondeos realizados en el suelo de Palomares para la elaboración del estudio de caracterización 3-D, con muestras directamente recogidas las 40 hectáreas contaminadas como sedimentos y suelos y con restos de muestras tomadas en Palomares tratadas en los laboratorios del Ciemat y entre las que se incluyen cenizas de vegetales y filtros.

El primer envío fue el 10 de mayo y estaba compuesto de 76 cajas con diferentes muestras con peso total de 796 kilos y una actividad radiológica de 0.9 MBq (241Am) y 3.6 MBq (239+240Pu). El segundo se ejecutó el 29 de noviembre con 77 cajas con diferentes muestras, un peso total de 670 kilos y una actividad total de 0.77 MBq (241Am) 3.08 MBq (239+240Pu). Desde el Ciemat se sostiene que tienen "muy baja actividad radiológica".

La Abogacía del Estado también deberá responder, en el marco de este procedimiento en el que la Audiencia Nacional debe decidir si obliga al regulador atómico a fijar una fecha para llevar a cabo en plan de limpieza de residuos radioactivos aprobado en 2010, al documento del CSN que el 3 de octubre informó de la existencia de seis "áreas contaminadas contempladas en el artículo 81 del Real Decreto que modifica el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas y a las que les es de aplicación el citado reglamento".

Para Ecologistas en Acción, que el regulador atómico incluya Palomares entre esas seis áreas contaminadas, "contradice lo sostenido a lo largo de este procedimiento judicial sobre que Palomares constituye exclusivamente un caso de 'exposición perdurable' del artículo 58 del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes "sin que le sea de aplicación el reglamento sobre instalaciones nucleares".

La diferencia influye directamente en cómo se debe realizar la limpieza de la zona. Así, si se aplica la clasificación de "área contaminada", la actividad residual presente en terreno una vez este se rehabilite "no debe superar el valor de 0,1 mSv/año" mientras que, si se aplica como ha hecho hasta ahora la categoría de "exposición perdurable", ese criterio radiológico sube a 1 mSV/a, "excepto en la zona 6, que pretende dejar 4mSv/a con restricciones de uso del suelo".

"Ignoramos si el CSN ha cambiado de criterio sobre la calificación jurídica de la zona contaminada de Palomares y considera ya que no es una situación de 'exposición perdurable' sino que es un 'área contaminada', como manifiesta en público, y que por tanto le es de aplicación el R.D. 35/08 que modifica el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas, y la Instrucción IS-13, de 21 de marzo de 2007", asegura para remarcar que es "sumamente relevante que lo aclare".

LA CANTIDAD DE TIERRA A LIMPIAR HA VARIADO

A lo largo del procedimiento, pendiente de señalamiento para votación y fallo, la Abogacía del Estado ha reconocido ante la AN que el volumen de tierra contaminada con radioactividad a limpiar en Palomares ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010 para la zona, pero ha negado que esto se deba a una modificación de los criterios radiológicos.

Ecologistas en Acción sostiene, sin embargo, que el CSN, en sesión celebrada el 22 de julio de 2015, "modificó los criterios radiológicos a aplicar en Palomares y redujo la cantidad de tierra a tratar y tamizar de 50.000 metros cúbicos a 28.000 metros cúbicos aproximadamente", y, después, firmó el acuerdo para el traslado y almacenamiento de los residuos generados con EEUU, que habría condicionado la rúbrica a estos cambios.

En concreto, asegura que estos cambios suponen "tamizar solamente 28.000 metros cúbicos y dejar el resto de tierra contaminada esparcida por Palomares" y advierte de que se han "modificado" los criterios radiológicos "por motivos políticos, sin base científica", lo que no "solucionaría el problema".

La Abogacía del Estado argumenta que en el transcurso del tiempo "se ha dispuesto de datos y medios para considerar situaciones más realistas, frente a las estimaciones más conservadoras utilizadas inicialmente para determinar los valores de concentración de actividad (niveles derivados) y que esto "incide en el volumen de tierra a retirar, sin que se haya producido modificación alguna en el nivel de intervención de 1mSv/año, valor mínimo" de radiación a percibir por la población.

Por su parte, en sus conclusiones, Ecologistas en Acción advertía de que la situación actual de Palomares por la persistencia de terrenos contaminados con radioactividad es "insostenible" y calificaba de "ilegalidad palmaria" la situación "a la que el CSN tenía la obligación de poner término".

"Lo que es inadmisible es que pasen los años y los lustros, y permanezca la radioactividad en pleno centro urbano de Palomares", apuntaba para asegurar que EEUU "dejó 16,6 hectáreas con los residuos radioactivos enterrados a 25 centímetros de profundidad y que también construyeron dos enormes fosas con 1.000 y 3.000 metros cúbicos" tras el accidente aéreo que provocó en 1966 la caída de las bombas termonucleares.

Para Ecologistas, se trataría, por tanto, "no de un caso de exposición perdurable" sino de la presencia de enterramientos "clandestinos de material radioactivo sin respetar la normativa, al aire libre, y sin medida de seguridad alguna, salvo una simple alambrada".

"IMPOSIBILIDAD" DE EJECUCIÓN Y DOCUMENTOS CLASIFICADOS

La Abogacía del Estado ha admitido en la causa la "imposibilidad" tanto de poner en marcha "actualmente" la rehabilitación de los terrenos contaminados como de "fijar un plazo" para la ejecución del plan ya que éste tiene carácter "preliminar" y solo esboza líneas generales sin dar "pleno cumplimiento a todos los requisitos del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes (Rpsri) y el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR)".

Reconocía, en esta línea, que la "ayuda" de EEUU para la gestión de los residuos radiactivos generados por la restauración de terrenos contaminados es de "importancia primordial para dar solución definitiva a este problema", ya que España "no tiene instalaciones para el almacenamiento definitivo de estos materiales contaminados con plutonio" pero reveló que "no existe acuerdo para la gestión final de los residuos" generados.

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