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Sábado 30/11/2024
 
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Alcalá la Real

Abierto período de solicitud de subvenciones a asociaciones y clubes

Se podrán solicitar hasta el 1 de marzo y la cuantía total prevista por el Ayuntamiento asciende a 172.000 euros

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  • Presentación del CD Alcalá Enjoy, en 2017.

El Ayuntamiento de Alcalá la Real abre este viernes 15 de febrero el período de solicitud de subvenciones a asociaciones, plazo que permanecerá abierto hasta el próximo día 1 de marzo, inclusive. La cuantía total prevista por el Ayuntamiento alcalaíno para estas subvenciones asciende a 172.000 euros.

El Ayuntamiento convoca el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del ejercicio 2019 para clubes y asociaciones deportivas, a asociaciones culturales, cofradías y otros colectivos alcalaínos sin ánimo de lucro, a las asociaciones de padres y madres de alumnos, a las asociaciones juveniles sin ánimo de lucro y a las personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro, para el fomento de actividades sociales.

Las subvenciones para clubes y asociaciones deportivas cuentan con una cuantía de 70.000 euros (incremento del 17%, ya que en 2018 ascendían a 60.000 euros); las subvenciones culturales tienen una cuantía de 16.500,00 euros; las de participación ciudadana de 8.000,00 euros; las de fiestas en la calle, una cuantía de 33.500,00 euros; las de fiestas en aldeas una cuantía de 18.500 euros; las de cofradías y patrimonio, una cuantía de 9.000,00 euros.


Por otro lado, las subvenciones de las Ampas cuentan con una cuantía estimada de 9.000,00 euros (incremento del 50%, con respecto a 2018 que era de 6.000 euros); las juveniles con 2.500,00 euros; y las asociaciones de bienestar social una cuantía de 5.000 euros.

Las solicitudes deberán presentarse en el modelo que se facilite en cada área, o en el modelo general de solicitud. Se presentará una única solicitud por cada colectivo.

Deberán ser suscritas por la persona que ostente la presidencia de dichas asociaciones y colectivos, presentando la documentación  genérica y específica, requeridas por los anexos de la ordenanza general de subvenciones. Las asociaciones deberán presentar sus estatutos debidamente actualizados, con el C.I.F. o N.I.F. de la persona en representación del colectivo.

Las asociaciones que hayan recibido subvención en la convocatoria del año anterior, deberán haber presentado la memoria detallada de las actividades subvencionadas durante el ejercicio 2018, así como las facturas que justifiquen la inversión de la cantidad recibida en las actividades subvencionadas, o en su defecto, el reintegro de las cantidades percibidas.

El plazo de resolución del procedimiento será de tres meses como máximo, publicándose la misma en el tablón de anuncios de la Corporación Municipal.

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