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Absuelven a un hombre acusado de abuso a una menor que vivía con él

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha absuelto al hombre juzgado el pasado mes de octubre por un presunto delito de abuso a una menor francesa

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  • Ciudad de la Justicia de Málaga. -

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha absuelto al hombre juzgado el pasado mes de octubre por un presunto delito de abuso a una menor francesa que residía en su casa para hacer un curso de español en la capital malagueña. La Sala considera que no hay prueba suficiente.

Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en agosto de 2016, la entonces menor de edad, que se había trasladado a España para hacer un curso de aprendizaje de español, estuvo alojada en el domicilio del hombre, donde este residía junto con su esposa y dos hijos de corta edad.

La convivencia durante todo ese tiempo de desarrolló "con entera normalidad entre la adolescente y todos los miembros de ese grupo familia". La víspera del día previsto para el regreso a Francia de la joven, esta fue a la casa, donde estaba únicamente el hombre junto a su hija pequeña.

En un momento determinado se entabló "una dificultosa conversación entre ambos", pues ni el procesado hablaba bien el idioma francés ni ella el español, cuyo verdadero contenido no ha quedado acreditado pero sí que estuvo relacionada con el inminente regreso a su país de la joven en cuyo transcurso, o al término de la misma, "los dos se abrazaron".

Un instante de ese abrazo fue recogido por la adolescente quien, con su teléfono móvil, hizo un selfie en el que quedó fotografiada la cara de ella y de la espalda desnuda de él; constando asimismo que en algún momento "el acusado le dio, al menos, un beso en la cara, sin que hayan podido quedar acreditados más extremos o circunstancias de lo realmente ocurrido".

Así, se indica que las versiones de ambos sobre ese momento son "absolutamente contradictorias", ya que, según él, "se habrían reducido exclusivamente a esos dos actos --abrazo y beso en la cara-- realizados sin propósito libidinoso y como mera expresión, recíprocamente aceptada, de despedida"; mientras que la menor sostenía "que lo ocurrido fue mucho más allá, sin su consentimiento y con intención lasciva por parte del acusado".

La Sala señala que tras lo ocurrido "cuyos perfiles, circunstancias y concreta duración no han quedado probados", la menor "sin necesidad de emplear fuerza física ni tener que vencer por cualquier otro medio oposición alguna" se marchó de la vivienda, despidiéndose verbalmente de él, presentándose horas después en una Comisaría para denunciar una presunta agresión sexual.

Para el Tribunal, la "única y muy delicada prueba de cargo" que existe es la declaración de la joven que no estima suficiente para poder atribuir al procesado el hecho delictivo por el que se le acusa. Así, considera "muy significativas las contradicciones e imprecisiones o ambigüedades" detectadas en los distintos testimonios dados por la menor.

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