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Almería

Condenado a 10 años de cárcel por abusar sexualmente de su hija menor

Para un hombre que sometió a tocamientos a su hija de 13 años, de quien, con el paso del tiempo, abusó sexualmente prometiéndole dinero a cambio

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  • El Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a penas que suman diez años y un mes de prisión para un hombre que sometió a tocamientos a su hija de 13 años, de quien, con el paso del tiempo, abusó sexualmente prometiéndole dinero a cambio.

El Alto Tribunal rechaza admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado y ratifica en todos su pronunciamientos el fallo de la Audiencia Provincial de Almería que le condenó por dos delitos de abuso sexual a menor de edad, uno de ellos con penetración.

La sentencia, consultada por Europa Press, detalla dos episodios; en uno de ellos, el hombre, aprovechando su ascendencia paterna sobre la niña y que se encontraban a solas en su domicilio, le tocó el pecho. Tiempo después, también en el domicilio familiar y acompañado de su otro hijo de dos años, cogió de la mano a la víctima y la condujo hasta su dormitorio para, una vez allí, "decirle que le daría 100 euros si no decía nada, dejarlos sobre la mesa" y violarla.

La resolución remarca que la niña "permaneció quieta" ya que tenía "su capacidad de decisión seriamente mermada por la relación de ascendencia sobre ella y por el deseo de obtener el dinero prometido".

El Supremo rechaza que, tal y como ha sostenido el procesado a lo largo del procedimiento, la menor interpusiese denuncia contra él "como represalia por una previa denuncia que él había puesto frente a ella y que supuso su internamiento en un centro de reforma" y alude a una conversación de 'WhatsApp' entre ambos después de los hechos que respalda el relato de la víctima.

Alude a que la sala de instancia señaló que la declaración presentaba "visos de sinceridad" ya que la menor "no solo facilitó datos perjudiciales para el procesado sino que también admitió otros comprometidos para ella" y destaca que respondía a las preguntas del tribunal con "seguridad, coherencia y contundencia, sin rehuirlas".

El Alto Tribunal también comparte que existen "elementos" que refuerzan "aún más la credibilidad" ya que fueron las educadoras del centro de reforma "las que detectaron un ánimo extraño" en la menor, que les "relató lo ocurrido y tras lo que avisaron inmediatamente a la madre".

Hace referencia para concluir, asimismo, al informe pericial y califica de absurdas las "explicaciones vertidas" por el hombre acerca de la conversación mantenida con su hija por la aplicación WhatsApp.

La sentencia confirma, asimismo, que el procesado deberá cumplir penas que suman 15 años de libertad vigilada, que no podrá acercarse a su hija a menos de 300 metros por periodo de 22 años y que deberá indemnizarla con 30.000 euros.

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