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Lunes 25/11/2024
 
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Sevilla

Los sevillanos podrán planificar el pago de impuestos según su economía en 2021

El Pleno aprueba el sistema de pago personalizado y a la carta que ha planteado la Delegación de Hacienda ante la crisis económica por el Covid

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  • Plan para personalizar el pago de impuestos en Sevilla. -

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, reunido este jueves en sesión ordinaria, ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección para posibilitar un sistema de pago personalizado y a la carta de los impuestos y tasas municipales diseñado para facilitar la planificación y flexibilizar los plazos para hogares, autónomos y empresas en un entorno marcado por la crisis económica y laboral derivada de la pandemia originada por la Covid-19.

Esta iniciativa, que ha sido aprobada por urgencia en el Pleno por unanimidad --teniendo en cuenta la ausencia de Vox, cuyos ediles están en cuarentena ante la existencia de un positivo en Covid en el grupo municipal-- ha partido de la Delegación de Hacienda y Administración Pública y se podrá aplicar a partir de 2021, después de contar ya con el dictamen favorable del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS).

En su intervención, la delegada municipal de Hacienda, Sonia Gaya, ha enmarcado la medida en la estrategia de modernización de la Administración local y "su acercamiento a los contribuyentes, haciendo la mejor utilización posible de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones y alcanzando superiores cotas de calidad, eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios públicos municipales y en una gestión participativa de las relaciones e interacciones con la ciudadanía". Asimismo, considera que permitirá "aliviar la presión fiscal sobre la economía de las familias y empresas en estos momentos de crisis económica puesto que podrán elaborar su planificación de pagos tributarios eligiendo un calendario propio con cuándo y qué cantidad abonar en función de sus ingresos".

Durante el debate, el concejal del PP Rafael Belmonte valora que se facilite el pago a los sevillanos y apuesta por una bajada de impuestos y en la optimización de los recursos. De su lado, el portavoz de Adelante Sevilla, Daniel González Rojas, ha valorado el trabajo realizado y ha considerado positivo que se facilite el pago de los tributos a los ciudadanos pero lamenta que se "vaya a perder un ejercicio fiscal sin ahondar en la progresividad fiscal". "En este ayuntamiento hay gente, con la que el gobierno socialista negocia de tapadillo, que tiene miedo a abrir el cajón y decir que hay gente a la que habrá que subir los impuestos, igual que a otros habrá que bajarlos", subraya.

En concreto, el sistema permitirá que una empresa o un ciudadano pueda sumar todos los impuestos y tasas que paga de forma periódica y establecer un calendario de abonos en distintas cuotas mensuales. Así, cada uno puede adecuar los abonos a sus ritmos económicos de forma planificada y que toda la carga no se centre en meses concretos.

Con ello, sin aplicar ningún tipo de interés, se podrá solicitar el pago dividiendo el importe total correspondiente al ejercicio en cuotas periódicas de tipo mensual, bimensual, trimestral, cuatrimestral o semestral. La solicitud podrá formalizarse en cualquier momento del año en curso, debiendo concretar la periodificación por la que se opta.

El plan de pago personalizado sólo podrá incluir impuestos y tasas de vencimiento periódico en periodo voluntario y que no hayan sido aplazados o fraccionados. Así, menciona el impuesto de bienes inmuebles (IBI), el impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM), el impuesto de actividades económicas (IAE), la tasa de entrada y salida de vehículos, la tasa de limpieza y recogida de basuras, la tasa de parada de taxi y la tasa de carga y descarga.

Para beneficiarse, será preceptiva la domiciliación del tributo y, una vez acogido al mismo, se prorrogará automáticamente y no precisará renovación para continuar disfrutando de sus ventajas. Asimismo, se podrá modificar o cancelar en cualquier momento por parte el contribuyente o cuando concurra alguno de los supuestos regulados en la Ordenanza, que conlleve su anulación o cancelación.

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