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Lunes 25/11/2024
 

Córdoba

A juicio el director de un banco acusado de estafar 100.000 euros en la venta de una finca

Por la supuesta estafa en la venta de una propiedad de la entidad bancaria. La Fiscalía pide para él una pena de cinco años de cárcel y multa de 7.200 euros

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  • Audiencia de Córdoba. -

La Sección Segunda de la Audiencia de Córdoba prevé celebrar este lunes un juicio a un director de un banco acusado de un delito de estafa de 100.000 euros cometido supuestamente sobre un varón en la venta de una finca propiedad de la entidad bancaria. La Fiscalía pide para él una pena de cinco años de cárcel y multa de 7.200 euros.

Según recoge la calificación del Ministerio Público, el procesado, "con ánimo de enriquecimiento ilícito" y aprovechando que conocía al afectado, le ofreció la compra de un terreno de tierra calma de secano e indivisible con una superficie de 76 áreas propiedad del banco "por un precio de 500.000 euros, a sabiendas de que el precio era de 400.000 euros".

Así, "con esta maniobra de cambio del precio", el acusado consiguió que él mismo en nombre y representación de la entidad bancaria el 29 de abril de 2007 firmaran un contrato privado de compraventa por el que la citada entidad vendía la finca rústica por 500.000 euros, con el pago de 160.000 euros en el momento de la firma, 80.000 euros al formalizar la escritura pública y los 260.000 euros restantes al firmar la escritura.

No obstante, en una cláusula del contrato se recogía que "vencido el plazo previsto en la estipulación para el otorgamiento de la escritura pública de compraventa sin que se hubiese suscrito la misma, ambas partes acuerdan la resolución automática del contrato, quedando la cantidad entregada hasta la fecha como parte del precio en poder de la entidad como indemnización de daños y perjuicios".

En este sentido, el afectado hizo un ingreso de 160.000 euros en la cuenta de la entidad en noviembre de 2007; en marzo de 2008 solicitó a la entidad retrasar la formalización del contrato privado a escritura pública hasta mayo de dicho año, de modo que en abril ambas partes celebraron un acuerdo en contrato privado por el que la formalización en escritura pública con la entrega de 80.000 euros fuera en mayo de 2008.

Sin embargo, en mayo de 2012 un notario realizó un acta de notificación y requerimiento al afectado donde se exponía que el precio fijado entre las partes era 400.000 euros y se le citaba en la notaría en junio de 2012 para suscribir la escritura de compraventa, con el previo pago de 80.000 euros.

Además, se le apercibía de que "en caso de hacer caso omiso o no cumplir los plazos", la entidad dará por resuelto los documentos contractuales y hará suya "la cantidad de 60.000 euros recibidos como parte del precio en concepto de indemnización por daños y perjuicios", según se señalaba en el acta.

Al respecto, el afectado no formalizó el contrato en el plazo señalado en el acta notarial, según explica el fiscal, que detalla que "el contrato privado de compraventa transcrito en el acta contiene un precio de 100.000 euros menos que el contrato privado que el acusado, en nombre y representación de la entidad, firmó con el perjudicado en abril de 2007".

Ante ello, el Ministerio Público detalla que el procesado no ha reembolsado al afectado la cantidad de 100.000 euros restantes de los 160.000 euros que ingresó en la cuenta de la entidad en noviembre de 2007.

 

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