La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman tres años de prisión al presidente de una asociación de usuarios de cannabis, y ha impuesto doce meses de cárcel al encargado del local al estimar que, "aparentando" que la forma asociativa "amparaba la libre circulación de droga", se dedicaron a la venta y distribución de marihuana y hachís.
La sentencia, consultada por Europa Press, considera al presidente del club autor de un delito de asociación ilícita por el que le impone dos años de prisión y un delito contra la salud pública del que también considera responsable al otro acusado.
Según recoge el tribunal como probado, la asociación quedó constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía en octubre de 2014 y contaba con un local en alquiler que servía de sede.
El club tenía un ámbito provincial, estaba clasificada como de 'Naturaleza/Medicinas Alternativas' y sus fines, de acuerdo a sus estatutos, radicaban en "el estudio sobre el cáñamo y sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas, evitar el peligro para la salud de sus usuarios inherente al mercado ilegal de cannabis, mediante actividades encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso, promover el debate social sobre su situación legal y la de sus consumidores, así como hacer valer los derechos constitucionales de los que estos son titulares y formalizar la normalización tributaria del cannabis para combatir las mafias".
La sentencia relata que, en febrero de 2020, agentes de la Policía Nacional llegaron a la sede "buscando a un individuo que había sido denunciado por un posible delito de violencia de género", por lo que les "facilitó la entrada" uno de los acusados, quien, en ese momento, era el encargado del local y socio. En el local había otras siete personas consumiendo marihuana.
El tribunal detalla que se intervinieron diversos botes y bolsas con sustancia estupefaciente; en total, alrededor de 30 kilos y medio valorados en más de 17.500 euros, además de dos comprimidos de MDMA, una balanza de precisión, un defensa extensible, una navaja, un aparato Taser y 520 euros en efectivo.
La resolución remarca que "ninguna de las siete personas que se hallaban consumiendo estupefacientes presentaron, en ese momento, documentación que les acreditase como socios de mencionada asociación.
Concluye que, al menos desde enero de 2020, "aparentando que la forma asociativa amparaba la libre circulación de droga", los acusados "de común acuerdo, venían dedicándose a la venta y distribución de marihuana y resina de cannabis a consumidores de tales sustancias".
Añade que ambos obtenían las sustancias, que destinaban a la venta o distribución entre terceras personas, de "ignorados proveedores dentro del mercado ilícito" y que el dinero intervenido "procedía de las ganancias de la actividad que se desarrollaba en el local de la asociación".