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Martes 05/11/2024
 

Almería

Fiñana repite este domingo las elecciones municipales en dos de sus tres mesas

Debido al error que cometió a la hora de votar una vecina que depositó su papeleta en la urna que no correspondía

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  • Una urna electoral. -

El municipio almeriense de Fiñana repite este domingo las elecciones municipales en dos de sus mesas electorales, tras la convocatoria anunciada este lunes por el Gobierno, debido al error que cometió a la hora de votar una vecina que depositó su papeleta en la urna que no correspondía.

El pasado 31 de octubre la Junta Electoral de Zona (JEZ) publicó en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Almería las listas de candidatos de Fiñana, de forma que concurren nuevamente PP, PSOE -actualmente al frente del Ayuntamiento con el socialista Rafael Montes como alcalde en funciones-, Ciudadanos, Vox y Con Andalucía (IU).

La campaña electoral ha tenido una duración de quince días, comenzó a las cero horas del viernes 10 de noviembre y finalizó este viernes.

El pasado mes de julio el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ratificó el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que anuló las elecciones celebradas en dos de las mesas de Fiñana y que obliga a repetirlas.

El alto tribunal andaluz desestimó el recurso contencioso-electoral presentado por el PSOE, que había solicitado que dejase este acuerdo sin efecto y se confirmase el escrutinio general realizado por la Junta Electoral de Zona (JEZ) de Almería.

En su escrito, consultado por EFE, el PSOE recordaba que en la mesa 1.1A una vecina introdujo por error su voto a pesar de tener que hacerlo en la 1.1B, así como que la JEZ decidió entonces que se rompiese un voto al azar y que dicha persona no pudiese votar en su mesa.

"Todas las actas de escrutinio y de la sesión se suscribieron por quienes integraron las mesas: presidentes y vocales, así como interventores y apoderados de las diferentes formaciones políticas, sin que se hiciera constar en ellas protesta o reclamación alguna", incidían.

Sin embargo, el escrutinio fue impugnado por el PP, lo que conllevó que la JEC decidiese anular los resultados de ambas mesas y repetir las elecciones, entre otros motivos porque "en Fiñana solo hay tres mesas y que de los resultados obtenidos depende la adjudicación del concejal número 9", así como que se había privado del derecho al voto a un vecino.

El PSOE entregó como prueba las actas notariales presentadas por la votante equivocada y las vocales y la presidenta de la mesa 1.1A en las que se expone que esta última decidió voluntariamente emitir un voto en blanco que destruyó tras mostrarlo a los presentes, sin llegar a depositarlo, por lo que no se habría privado de este derecho a nadie ni se vería alterado el resultado de las elecciones.

El TSJA señalaba que "la legislación electoral exige como momento apropiado para hacer constar las incidencias ocurridas en la votación este documento denominado como "Acta de Sesión", como así ocurrió, en el que se hizo constar la anomalía".

"El Acta de la Sesión forma parte de la documentación del proceso electoral, por lo que tiene un valor de documento público electoral, que tiene un predominio superior a las manifestaciones que posteriormente realizaron la presidenta y las dos vocales de la citada Mesa y una representante de la Administración que no consta en expediente remitido como firmante del Acta de Sesión", añadía.

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