Quedarse quieto esperando un taxi lo libra de una condena por quebrantamiento

Publicado: 05/12/2023
Debido a que se quedó quieto y a la espera de un taxi tras coincidir fortuitamente con su expareja en un pub de la provincia almeriense
Una juez de Almería ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a un año de prisión por quebrantar una orden de alejamiento debido a que se quedó quieto y a la espera de un taxi tras coincidir fortuitamente con su expareja en un pub de la provincia almeriense.

La sentencia, consultada por EFE, señala que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Almería le impuso el pasado 21 de marzo la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de su expareja.

Sobre las 15:45 horas del pasado 10 de octubre, ambos se encontraron en un pub dónde “fue sorprendido por agentes de la Guardia Civil a una distancia de 25 metros de la misma en actitud de espera”.

“No resulta probado que el acusado se apercibiera de la presencia de la mujer y permaneciera en el lugar a sabiendas y con el ánimo de quebrantar la prohibición de aproximación que le fuera impuesta”, según la juez.

Respecto al acusado, la magistrada ha apuntado que uno de los guardias civiles relató cómo llegaron al lugar en “apenas cinco minutos” tras recibir una llamada de alerta y que allí encontraron a la mujer en la terraza trasera del local, y a una “una distancia aproximada de 25 metros observaron al acusado que se encontraba parado en un cruce”.

Otro de los agentes se pronunció de la misma manera y añadió que el acusado se encontraba “quieto, en actitud de espera”.

El procesado relató cómo se dio cuenta de la presencia de su expareja al salir a fumar a la terraza, y preciso que “inmediatamente” cogió su teléfono para llamar a un taxi o a un familiar para que alguien pudiera recogerle. Apostilló que se alejó de la mujer, sin correr para “evitar levantar cualquier tipo de sospecha”, y tras esto esperó a que lo recogieran.

“La versión exculpatoria proporcionada por el acusado resulta totalmente verosímil, teniendo en cuenta lo manifestado por los agentes en cuanto a la distancia que separaba al acusado de la víctima cuando acudieron al lugar, así como al respecto de la actitud que observaron en el mismo, encontrado al acusado quieto y no en disposición de huir ante la presencia de los agentes”, ha indicado la juez.

Tras esto, se determina “la ausencia de elementos de cargo suficientes para fundamentar una sentencia condenatoria habida cuenta de que de las circunstancias anteriormente expuestas no se desprende la existencia de una voluntad del acusado de quebrantar la medida cautelar que le impedía acercarse a su expareja”. 

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