Sufrió una infección ósea por una asistencia médica negligente en el Hospital, lo que le ha provocado "graves secuelas funcionales"
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 180.000 euros a un paciente que sufrió una infección ósea por una asistencia médica negligente en el Hospital Universitario Torrecárdenas de Almería, lo que le ha provocado "graves secuelas funcionales".
Según ha explicado en una nota el despacho Forte Berrier Abogados, los hechos tuvieron lugar en 2016, cuando el paciente R.C.A., que residía entonces en Almería, sufrió un accidente en el extranjero que hizo preciso que fuese operado por una fractura de tibia.
"Transcurridos tres meses de la cirugía volvió a España y acudió al servicio de urgencias del Hospital Torrecárdenas de Almería por presentar la herida quirúrgica, a pesar del tratamiento antibiótico que estaba recibiendo, signos de infección", señala el bufete de Eduardo Forte Berrier, abogado que ha representado al demandante.
En este hospital se realizó únicamente un cultivo para aislar el germen y continuar con tratamiento antibiótico, aunque "lo correcto era haber procedido a una limpieza de la herida quirúrgica mediante una técnica denominada desbridamiento".
Esto provocó que la infección se agravase y el paciente sufriese una osteomielitis, que ha impedido una consolidación adecuada de la fractura con graves secuelas funcionales.
El fallo, que estima de forma íntegra la demanda, concluye que "el no realizar un tratamiento quirúrgico precoz de la infección conllevó el desarrollo de infección cronificada (osteomielitis crónica), el retraso en la consolidación de la fractura (pseudoratrosis de causa séptica) y las complicaciones surgidas secundariamente a la inmovilidad y la marcha con alteración de la carga (atrofia de la pierna y artrosis del tobillo)".
Añade que, de acuerdo con lo expuesto con la perito del denunciante, de haber "actuado de forma precoz, con cirugía", en un 70 % de los casos se habría podido controlar la infección, a lo que añadió que todo el tiempo en el que el paciente estuvo sin moverse hizo que, incluso si hubiese sido intervenido posteriormente, le quedaran secuelas mantenidas.
De esta forma, se condena al SAS a indemnizar con 150.136,49 euros (unos 180.000 euros sumados los intereses), por las secuelas psicofísicas, los días de incapacidad temporal, el perjuicio moral, la pérdida de calidad de vida y por el lucro cesante, así como a abonar las costas del proceso.