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Declarado culpable de asesinar a su mujer en Vícar

El jurado, que ha considerado no probado el delito de amenazas sí que ha estimado la petición realizada por la acusación particular, que interesaba para el condenado un delito de violencia psíquica habitual tanto hacia la víctima como hacia la hija de ambos

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El jurado popular ha declarado por unanimidad culpable de asesinato a Francisco Antonio J.J., el hombre de 44 años y vecino de Vícar (Almería) acusado de acabar a golpes con la vida de su esposa, Salud G.C., después de que ella iniciara los trámites de divorcio tras años de convivencia en la que tuvieron una hija que, según el veredicto, también fue víctima de violencia habitual.

   Así lo han indicado a Europa Press fuentes judiciales quienes han explicado que el veredicto ha sido leído en audiencia pública a última hora de este lunes. El jurado popular, que se ha mostrado unánime en todos sus planteamientos, ha reconocido que el acusado se ensañó con la víctima, a la que abordó a su llegada a casa tras el trabajo y a la que mató a golpes contra el mobiliario y el suelo de la vivienda.

   El jurado, que ha considerado no probado el delito de amenazas sí que ha estimado la petición realizada por la acusación particular, que interesaba para el condenado un delito de violencia psíquica habitual tanto hacia la víctima como hacia la hija de ambos. En esta línea, se han tenido en cuenta las declaraciones efectuadas por los testigos.

   El veredicto, que tiene en cuenta la agravante de parentesco a la hora de fijar la pena, rechaza todas las atenuantes solicitadas por la defensa, que solicitaba para su cliente cinco años de prisión por un delito de homicidio. De este modo, han considerado que no ha quedado suficientemente acreditado que el acusado actuara bajo los efectos del alcohol ni que sufriera un trastorno mental transitorio.

   Con todo esto, el jurado popular se ha decantado por la tesis que ha mantenido la acusación particular ejercida por la letrada María Vázquez que solicitaba en total 31 años de prisión para el acusado y que, a diferencia del Ministerio Público, pedía que se estimara la existencia de malos tratos psicológicos no solo a la víctima, sino también a la hija de ambos. 

   Durante la vista oral, Francisco Antonio J.J. alegó no recordar cómo se sucedieron los hechos en la mañana del 27 de septiembre de 2011 cuando Salud G.C. volvió de su trabajo en el Hospital de Poniente de El Ejido (Almería), sentido en el que aseguró haber sufrido un "shock" la noche antes del crimen y haber bebido alcohol, al que era adicto.

   En este sentido, señaló que comenzó a tomar consecuencia de sí mismo cuando se encontraba en el Hospital Torrecárdenas de Almería al que fue conducido porque le "dolían las manos" tras haber acabado con la vida de su esposa a golpes por la casa, hecho que fue constatado por los investigadores que prestaron declaración en la sala así como por varios testigos, uno de los cuales presenció la acción desde fuera de la vivienda a través de una ventana.

   En esta línea, el acusado "llegó incluso a correr la cortina cuando notó que lo veían desde fuera" y "dejó de golpear" a la mujer "para continuar después" con la agresión hasta acabar con su vida. Asimismo, los agentes que practicaron su detención no hallaron en el lugar del crimen restos de botellas o indicios en el condenado que llevaran a pensar que había consumido alcohol aquel día.

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