Absuelven a Ramírez del delito ecológico
La sentencia cree ?evidente? el efecto contaminante ocasionado en el arroyo Valsequillo
La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha absuelto al alcalde de El Bosque, Antonio Ramírez (PSOE), del delito contra los recursos naturales y el medio ambiente que le atribuían tanto el Ministerio Fiscal como Ecologistas en Acción (EA)a cuenta de los vertidos de lixiviados detectados en el vertedero de El Berrueco entre diciembre de 2001 y comienzos de 2002, cuando Ramírez ostentaba la Presidencia del Consorcio Bahía de Cádiz.
La sentencia, recogida por Europa Press, rememora que tanto para Ramírez, como para Juan José L.V. y Agustín A.H., el Ministerio reclamaba cinco años de prisión, mientras EA solicitaba para cada uno de ellos tres años de prisión y una multa de 18 meses a razón de 30 euros diarios. El fallo recuerda cómo ya en 1991 se proyectó el sellado del vertedero de El Berrueco, en el término de Medina Sidonia, por los incidentes registrados en su explotación y el relevo propiciado con la creación del vertedero de Miramundo.
El CBC, desde la década de los 80 utilizaba este vertedero para sus residuos junto a numerosos municipios del entorno y, de hecho, fue la entidad promotora del proyecto de sellado, adjudicado finalmente a Movimientos de Tierra Hermanos Leal S.L., empresa que en 1993 adquiriría la propia finca del vertedero y cuyo administrador único era Juan José L.V. Tras un pago de unos 17 millones de pesetas de la época, las obras de sellado se ejecutaron y en noviembre de 2001, concluyeron las labores de mantenimiento y supervisión de Medio Ambiente. Sin embargo, entre diciembre de 2001 y comienzos de 2002 se produjeron varios vertidos de lixiviados cuando Ramírez ostentaba la presidencia del CBC.
Aunque el fallo cree “evidente” el efecto contaminante ocasionado por los componentes “tóxicos” de los lixiviados y su vertido al arroyo Valsequillo, admite que “todos los peritos han coincidido en el que el terreno es hidrológicamente muy pobre”, porque “no existen acuíferos, sólo acuitardos”. Con todo advierte de un “demoledor” informe pericial que revela la “ausencia de control durante toda la vida del vertedero, nulas medidas de adecuación y control” y “un efecto real a lo largo de estos años sobre el medio natural, siendo reiterada la fuga de lixiviados al cauce natural”.
No obstante, el fallo señala que la absolución de Ramírez cuenta “con añadidas y poderosas razones”, toda vez que en su condición de presidente del Consorcio “obró responsable y razonablemente” ante los vertidos, que incluso motivaron actuaciones por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
La sentencia, recogida por Europa Press, rememora que tanto para Ramírez, como para Juan José L.V. y Agustín A.H., el Ministerio reclamaba cinco años de prisión, mientras EA solicitaba para cada uno de ellos tres años de prisión y una multa de 18 meses a razón de 30 euros diarios. El fallo recuerda cómo ya en 1991 se proyectó el sellado del vertedero de El Berrueco, en el término de Medina Sidonia, por los incidentes registrados en su explotación y el relevo propiciado con la creación del vertedero de Miramundo.
El CBC, desde la década de los 80 utilizaba este vertedero para sus residuos junto a numerosos municipios del entorno y, de hecho, fue la entidad promotora del proyecto de sellado, adjudicado finalmente a Movimientos de Tierra Hermanos Leal S.L., empresa que en 1993 adquiriría la propia finca del vertedero y cuyo administrador único era Juan José L.V. Tras un pago de unos 17 millones de pesetas de la época, las obras de sellado se ejecutaron y en noviembre de 2001, concluyeron las labores de mantenimiento y supervisión de Medio Ambiente. Sin embargo, entre diciembre de 2001 y comienzos de 2002 se produjeron varios vertidos de lixiviados cuando Ramírez ostentaba la presidencia del CBC.
Aunque el fallo cree “evidente” el efecto contaminante ocasionado por los componentes “tóxicos” de los lixiviados y su vertido al arroyo Valsequillo, admite que “todos los peritos han coincidido en el que el terreno es hidrológicamente muy pobre”, porque “no existen acuíferos, sólo acuitardos”. Con todo advierte de un “demoledor” informe pericial que revela la “ausencia de control durante toda la vida del vertedero, nulas medidas de adecuación y control” y “un efecto real a lo largo de estos años sobre el medio natural, siendo reiterada la fuga de lixiviados al cauce natural”.
No obstante, el fallo señala que la absolución de Ramírez cuenta “con añadidas y poderosas razones”, toda vez que en su condición de presidente del Consorcio “obró responsable y razonablemente” ante los vertidos, que incluso motivaron actuaciones por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
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