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Jueves 10/10/2024
 

Almería

Condenados a 21 años de cárcel por la violación grupal a una mujer en Pulpí

La sentencia del Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación contra el fallo

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  • Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado las penas de 21 años de prisión impuestas por la Audiencia de Almería a tres hombres condenados por la violación grupal de una mujer a la que conocieron en una playa de Pulpí.

La sentencia del Alto Tribunal andaluz rechaza el recurso de apelación contra el fallo que declaró probado que los tres acusados estaban la tarde del 21 de mayo en la playa de San Juan de los Terreros, en Pulpí, a la que llegó también la víctima poco después.

Según el fallo, la mujer entabló una "amigable conversación" con los procesados y con una cuarta persona, tras lo que los tres acusados y ella se fueron a tomar unas cervezas a un bar cercano, y posteriormente compraron seis cervezas en un supermercado que había allí.

Cuando regresaron a la playa, los acusados manifestaron a la víctima que no se podía beber allí, por lo que le propusieron ir a tomárselas a un lugar alejado, a lo que la mujer accedió.

Una vez en este sitio, en la misma playa de San Juan de los Terreros, "puestos de común acuerdo, aprovechando la situación y con ánimo libidinoso", abordaron repentinamente entre los tres a la víctima, la sujetaron para inmovilizarla, le quitaron la ropa y la violaron uno tras otro "aprovechando la situación de indefensión" de la víctima y mientras uno de ellos la amenazaba con cortarle el cuello.

Como consecuencia de estos hechos la víctima presenta una "sintomatología ansiosa moderada, leve sintomatología depresiva y trastorno de estrés agudo", y debido a la violencia de los acusados, sufrió diversas lesiones que requirieron de una primera asistencia facultativa.

Así, la Audiencia de Almería impulso a cada uno de los tres procesados penas de 9 años de prisión por un delito de agresión sexual, un delito que también conllevaba órdenes de alejamiento de 500 metros durante 20 años, la medida de libertad vigilada durante 10 años, y la inhabilitación para ejercer cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores durante 20 años.

Asimismo, cada procesado fue condenado a un total de 12 años de prisión como cooperadores necesarios de dos delitos de agresión sexual, que también conllevaban idénticas medidas de protección que en el caso anterior.

Por último, fueron condenados a penas de dos meses de multa, a razón de seis euros diarios, por un delito leve de lesiones, y a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima con 60.000 euros por los daños morales ocasionados.

Todas estas penas han sido ratificadas ahora por el TSJA, que subraya el “plenamente satisfactorio en todos sus extremos” testimonio de la víctima, a la vez que resalta que ésta no exhibió “una resistencia numantina en un ataque sexual de tan impresionantes magnitudes - tres varones adultos en un paraje despoblado -, siendo por lo demás compatibles las lesiones sufridas con la secuencia de la agresión sexual de la que fuese víctima”.

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