El Tribunal Supremo ha ratificado la multa de 5,5 millones de euros impuesta en 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a Telefónica por prácticas anticompetitivas relacionadas con la difusión de derechos audiovisuales de la liga de fútbol.
En una sentencia fechada el pasado 6 de noviembre a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso ha rechazado el recurso de la operadora contra una fallo de diciembre de 2021 de la Audiencia Nacional que avalaba la sanción impuesta por la CNMC en julio de 2015.
Competencia impuso la sanción al haberse acreditado una infracción de la ley de Defensa de la Competencia, así como del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consistente en la actuación concertada de Telefónica -como sucesora universal de Distribuidora de Televisión Digital (DTS)- y TESAU en los mercados de adquisición, reventa y explotación de derechos audiovisuales de competiciones regulares de fútbol para las temporadas 2012/2013 a 2014/2015.
Ello distorsionó la competencia efectiva en los distintos mercados afectados, según la CNMC.
Para el organismo, los acuerdos formales entre DTS y TESAU -entidad vinculada estrictamente por las relaciones directas e indirectas-, evidenciaba que se trata de una "actuación concertada en la adquisición, reventa y explotación de derechos audiovisuales de eventos futbolísticos regulares".
Esto implicaba que DTS privilegió a TESAU en relación con el resto de operadores de televisión de pago, de modo que coordinaron "de facto" sus políticas de comercialización minorista de algunos de los contenidos futbolísticos.
DTS era la sociedad encargada de la gestión de la plataforma de televisión de pago por satélite Canal+, que realizaba emisiones de fútbol de la Liga y la Copa del Rey a través de "Canal+ 1" (un partido de primera división por jornada), Canal+ Liga (ocho partidos de primera división por jornada), de la Liga de Campeones a través de Canal+ Liga de Campeones, además de series y películas de estreno.
Tanto la Audiencia Nacional como el Supremo aprecian "la concurrencia de indicios claros de la concertación, tanto en lo que respecta a la comercialización mayorista de Canal+ Liga, como a la comercialización minorista de Canal+ Liga de Campeones".
Andalucía
Ratifican la multa de 5,5 millones de CNMC a Telefónica por la guerra del fútbol
Competencia impuso la sanción al haberse acreditado una infracción de la ley de Defensa de la Competencia
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