Según reza la sentencia, la cual es firme y a la que ha tenido acceso Europa Press, pese a que el empresario contaba con la notificación de un auto en el que como medida cautelar se establecía la paralización de la transformación de la finca y de toda actividad agrícola de la misma, el acusado hizo "caso omiso", ordenando la terminación del vallado perimetral, la construcción de un puente entre dicha finca y otra colindante de su propiedad, --'Finca Coto Avispero'--, y "la plantación en la citada finca de unas 100 hectáreas de cebada para cubrir las necesidades de otras de sus fincas".
Así, se declara como hecho probado que el acusado J.M.S, en calidad de administrador de una sociedad cooperativa y propietario de fincas rústicas, adquirió el 27 de octubre de 2006 una finca de 50 hectáreas en Bonares.
De este modo, el acusado, "al igual que en otras fincas de su propiedad", llevó a cabo desde su adquisición "un cambio de uso de forestal a agrícola" prohibido por la legislación medioambiental vigente" y el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (Potad), ya que además se incluye la mayor parte de la finca dentro de su 'Zona A', de máxima protección.
Además, señala que al menos desde julio de 2008, "con el fin de dedicarla a usos agrícolas", destoconó y eliminó la cubierta vegetal y la repoblación de eucaliptos, utilizando maquinaria pesada para aplanar y roturar el suelo en 22,3 hectáreas. Igualmente y para el riego de las futuras plantaciones "introdujo tuberías soterradas, construyó cinco pozos sin licencia-autorización e instaló una valla metálica sin pasos de fauna en una extensión de 1.100 metros y para la que sólo obtuvo una licencia municipal de cierre parcial de la finca en 2008".
Por su parte, la Delegación de Medio Ambiente abrió expediente sancionador y por el Juzgado número dos de Moguer se investigaban los hechos y delitos principales y se acordó por auto de 9 de septiembre de 2008, a petición del Fiscal y como medida cautelar, la paralización de la transformación de la finca y de toda actividad agrícola de la misma.
Ante esto, dicho auto fue notificado al acusado, quien no obstante "hizo caso omiso", ordenando la terminación del vallado perimetral, la construcción de un puente entre dicha finca y otra colindante de su propiedad --'Finca Coto Avispero'-- y la plantación en la citada finca de unas 100 hectáreas de cebada para cubrir las necesidades de otras de sus fincas.