Urbanismo y desarrollo económico: el turismo
Una de las principales cuestiones a modificar es la tendencia a enfocar nuestra ciudad hacia la segunda residencia
Hemos apuntado, en alguna ocasión, la clara influencia que un PGOU tiene en el desarrollo económico y, aún más, en el modelo económico de una ciudad. Ese “modelo económico” que tan de moda ha puesto el Gobierno y que no es otra cosa que las bases sobre las que se asienta la producción. En El Puerto, hemos vivido históricamente de la pesca, las bodegas, el turismo de sol y playa y la construcción, todos ellos sectores en crisis en mayor o menor grado. La pesca prácticamente desaparecida y en cualquier caso relegada a sus niveles más bajos en cuanto a su grado de importancia en la economía local; las bodegas que -afortunadamente- diversifican su oferta para mantenerse, aunque ya no supongan el cabezal de empleo que fueron; el turismo obligado a complementar la propuesta de “sol y playa” con un modelo más productivo que el de la segunda residencia; y la construcción que ha encabezado los hundimientos provocados por la crisis tras una época de auge excesivo.
Con este panorama económico, volvemos a retomar el Urbanismo. Si bien, por su relación directa, siempre se ha considerado que la aprobación de un PGOU contribuía a relanzar la economía local porque reactiva la construcción y sus industrias anexas, lo cierto es que -en esta coyuntura- es dudoso que incluso este hito administrativo vaya a marcar el resurgir de un sector tan involucrado con la crisis financiera. Es decir, la construcción resurgirá en la medida en que el sector financiero decida volver a apostar por ella y lo hará en el grado en que éste decida hacerlo que -ni remotamente- se asemejará al boom de los últimos años. Siendo esto así, parece que hubiera pocas formas en que el urbanismo pueda influir en la economía local, pero nada más lejos de la realidad.
Poco a poco iremos desgranando la relación entre Urbanismo y desarrollo económico, pero quiero ahora centrar la atención sobre una apuesta que incide directamente en el modelo económico de la ciudad. Como hemos visto, en relación con el turismo, una de las principales cuestiones a modificar en El Puerto es la tendencia a enfocar nuestra ciudad hacia la segunda residencia, hacia el llamado “turismo residencial”, que no sólo no evita la estacionalización, ni invierte una quinta parte de lo que deja en la ciudad un turista alojado en un hotel, sino que obliga a dimensionar toda la ciudad para una población inexistente para unos beneficios estacionales poco perceptibles e insuficientes para viabilizar cualquier inversión o negocio el resto del año.
La relación entre el Plan General, el Urbanismo y el desarrollo turístico es tal que el propio decreto de la Junta que regula los establecimientos turísticos dedica parte de su articulado a señalar, entre otras cosas, las parcelas mínimas y los requisitos que debe reunir la misma para poder soportar una instalación de este tipo. Por ejemplo, un hotel de 4 ó 5 estrellas de Costa debe tener 110 m² de parcela neta por cada unidad de alojamiento; si es de Gran Lujo llegamos a los 150m²; debe además contar con zona de aparcamiento mínima de una plaza por cada dos unidades de alojamiento y zonas ajardinadas y piscina. Si es un alojamiento rural, y el PGOU permitiese ese tipo de construcción en suelo no urbanizable, la parcela mínima sería de 30.000 m². Para un hotel de carretera debe reservarse, en suelo edificable, una superficie no inferior, en metros cuadrados, al resultado de multiplicar por 150 el número de unidades de alojamiento. Resulta evidente que si el PGOU ante las parcelas que debe ordenar, en lugar de reservar las superficies para llevar a cabo este tipo de instalaciones consagra el suelo a la construcción residencial, estaremos influyendo de manera definitiva en el desarrollo económico de la ciudad.
El PGOU determina incluso el carácter de las instalaciones que pueden o deben acompañar a las instalaciones hoteleras, por ejemplo la experiencia vivida en el Caballo Blanco, porque no es lo mismo compatibilizar las instalaciones hoteleras con instalaciones comerciales, u obligar a que esta parte comercial sea complementaria de la primera, es decir, servicios a los residentes en el hotel… Igual que determina si en una zona deportiva, desde campos de golf a la zona del Cuvillo, deben o pueden verse complementadas por hoteles o conservar un carácter estrictamente deportivo con lo que no se estaría facilitando la captación de este segmento turístico.
Además de esto, que sería la atención a la reserva de espacios para las instalaciones hoteleras, el PGOU debe tener en cuenta cuáles son los potenciales a fomentar y reforzar en la localidad y si consideramos, por ejemplo, la riqueza en pinares que aún conserva nuestro término como parte de su enseña, no sólo evitaremos -en la planificación- que la construcción interfiera con los mismos, sino que además se procurará sufragar su adaptación para su disfrute por la ciudad. La asignación de “usos globales” de un terreno en el Plan General, sean turístico, residencial o el que se determine, marca la diferencia, no sólo de a qué tipo de instalación se le da mayor prioridad en el mismo, sino las cesiones que en terreno (para sistemas generales, zonas verdes, etc) deben hacer los dueños de los mismos.
En otro orden de cosas, si el término municipal lo permite por su extensión, debe decidirse incluso sobre el número de equipamientos como campos de golf con que quiera dotarse a la ciudad, si es suficiente con los existentes o proyectados o podemos llegar a un modelo como Chiclana o la Costa del Sol donde casi cada jardín es aprovechado para instalar unos hoyos. Porque estas cuestiones también determinan el segmento de población hacia el que queremos orientar nuestro turismo, y por lo tanto su futuro desarrollo y con él, el económico de la ciudad. Y qué no decir de la capacidad del Plan General de potenciar los complejos culturales, en una ciudad como la nuestra en que disponemos de una Sierra San Cristóbal que alberga tantísimo tesoro histórico. Si el PGOU no contempla la potencialidad de estos recursos, su explotación quedaría siempre relegada y de igual manera su importancia en el turismo y la economía local.
En definitiva, el PGOU se destaca como un instrumento fundamental para reactivar un sector económico, el turístico, que en El Puerto, por su ubicación, características y tradición, nunca dejará de ser fundamental.
Con este panorama económico, volvemos a retomar el Urbanismo. Si bien, por su relación directa, siempre se ha considerado que la aprobación de un PGOU contribuía a relanzar la economía local porque reactiva la construcción y sus industrias anexas, lo cierto es que -en esta coyuntura- es dudoso que incluso este hito administrativo vaya a marcar el resurgir de un sector tan involucrado con la crisis financiera. Es decir, la construcción resurgirá en la medida en que el sector financiero decida volver a apostar por ella y lo hará en el grado en que éste decida hacerlo que -ni remotamente- se asemejará al boom de los últimos años. Siendo esto así, parece que hubiera pocas formas en que el urbanismo pueda influir en la economía local, pero nada más lejos de la realidad.
Poco a poco iremos desgranando la relación entre Urbanismo y desarrollo económico, pero quiero ahora centrar la atención sobre una apuesta que incide directamente en el modelo económico de la ciudad. Como hemos visto, en relación con el turismo, una de las principales cuestiones a modificar en El Puerto es la tendencia a enfocar nuestra ciudad hacia la segunda residencia, hacia el llamado “turismo residencial”, que no sólo no evita la estacionalización, ni invierte una quinta parte de lo que deja en la ciudad un turista alojado en un hotel, sino que obliga a dimensionar toda la ciudad para una población inexistente para unos beneficios estacionales poco perceptibles e insuficientes para viabilizar cualquier inversión o negocio el resto del año.
La relación entre el Plan General, el Urbanismo y el desarrollo turístico es tal que el propio decreto de la Junta que regula los establecimientos turísticos dedica parte de su articulado a señalar, entre otras cosas, las parcelas mínimas y los requisitos que debe reunir la misma para poder soportar una instalación de este tipo. Por ejemplo, un hotel de 4 ó 5 estrellas de Costa debe tener 110 m² de parcela neta por cada unidad de alojamiento; si es de Gran Lujo llegamos a los 150m²; debe además contar con zona de aparcamiento mínima de una plaza por cada dos unidades de alojamiento y zonas ajardinadas y piscina. Si es un alojamiento rural, y el PGOU permitiese ese tipo de construcción en suelo no urbanizable, la parcela mínima sería de 30.000 m². Para un hotel de carretera debe reservarse, en suelo edificable, una superficie no inferior, en metros cuadrados, al resultado de multiplicar por 150 el número de unidades de alojamiento. Resulta evidente que si el PGOU ante las parcelas que debe ordenar, en lugar de reservar las superficies para llevar a cabo este tipo de instalaciones consagra el suelo a la construcción residencial, estaremos influyendo de manera definitiva en el desarrollo económico de la ciudad.
El PGOU determina incluso el carácter de las instalaciones que pueden o deben acompañar a las instalaciones hoteleras, por ejemplo la experiencia vivida en el Caballo Blanco, porque no es lo mismo compatibilizar las instalaciones hoteleras con instalaciones comerciales, u obligar a que esta parte comercial sea complementaria de la primera, es decir, servicios a los residentes en el hotel… Igual que determina si en una zona deportiva, desde campos de golf a la zona del Cuvillo, deben o pueden verse complementadas por hoteles o conservar un carácter estrictamente deportivo con lo que no se estaría facilitando la captación de este segmento turístico.
Además de esto, que sería la atención a la reserva de espacios para las instalaciones hoteleras, el PGOU debe tener en cuenta cuáles son los potenciales a fomentar y reforzar en la localidad y si consideramos, por ejemplo, la riqueza en pinares que aún conserva nuestro término como parte de su enseña, no sólo evitaremos -en la planificación- que la construcción interfiera con los mismos, sino que además se procurará sufragar su adaptación para su disfrute por la ciudad. La asignación de “usos globales” de un terreno en el Plan General, sean turístico, residencial o el que se determine, marca la diferencia, no sólo de a qué tipo de instalación se le da mayor prioridad en el mismo, sino las cesiones que en terreno (para sistemas generales, zonas verdes, etc) deben hacer los dueños de los mismos.
En otro orden de cosas, si el término municipal lo permite por su extensión, debe decidirse incluso sobre el número de equipamientos como campos de golf con que quiera dotarse a la ciudad, si es suficiente con los existentes o proyectados o podemos llegar a un modelo como Chiclana o la Costa del Sol donde casi cada jardín es aprovechado para instalar unos hoyos. Porque estas cuestiones también determinan el segmento de población hacia el que queremos orientar nuestro turismo, y por lo tanto su futuro desarrollo y con él, el económico de la ciudad. Y qué no decir de la capacidad del Plan General de potenciar los complejos culturales, en una ciudad como la nuestra en que disponemos de una Sierra San Cristóbal que alberga tantísimo tesoro histórico. Si el PGOU no contempla la potencialidad de estos recursos, su explotación quedaría siempre relegada y de igual manera su importancia en el turismo y la economía local.
En definitiva, el PGOU se destaca como un instrumento fundamental para reactivar un sector económico, el turístico, que en El Puerto, por su ubicación, características y tradición, nunca dejará de ser fundamental.
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