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Miércoles 30/10/2024
 

Cádiz

Sentencia en contra de la comisión de apertura de una hipoteca

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz obligada a UCI a devolver 3.200 euros "cobrados indebidamente" a una joven gaditana

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  • Unión de Créditos Inmobiliarios es filial del Santander -

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz ha dictado sentencia por la que obliga a UCI (Unión de Créditos Inmobiliarios, filial del Santander) a devolver a una joven gaditana 3.200 euros cobrados indebidamente en concepto de comisión de apertura por constituir una hipoteca.  La sentencia, además, condena a UCI a devolver las comisiones cobradas por descubierto. "Se trata de una sentencia que abre la puerta a que cualquier usuario de banca, particular o empresa, pueda reclamar por estos dos conceptos", señala el Bufete Ortiz Abogados.

Se trata de una comisión de apertura que este banco siempre cobraba y que la sentencia "dice que no obedece a ningún servicio individualizado bancario realmente prestado. El mismo argumento lo emplea para decolara nula la comisión por descubierto o impagado también conocida como comisión de notificación de posición deudora", señala.

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz destaca que "la entidad no respeta el código de buenas prácticas bancarias, exigido por el Banco de España, ya que es imposible dilucidar qué criterios se utilizaban para calcular la comisión de apertura y las comisiones por descubierto y además el banco no ha podido demostrar que acciones llevaba a cabo para justificar el cobro de una comisión por reclamación de posición deudora".


"La entidad trató de justificarlas en concepto de cartas, llamadas y otros tipos de notificaciones, para avisar del estado de las cuentas en rojo, pero el   Juzgado gaditano las consideró claramente desproporcionadas", señala Ortiz. En la sentencia el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz destaca que “hay un enorme vacío detrás de estas comisiones” ya que no responden a ningún servicio prestado, se aplican de manera automática y no le fueron comunicadas al cliente.

"La sentencia considera probado además que nunca se avisó de los descubiertos, sino que las comisiones se cargaban de forma automática", indica.

Desde Bufete Ortiz," recalcamos la importancia de esta sentencia, que acaba de tener una segunda sentencia también de este tribunal confirmatoria en el mismo sentido, y que también ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Cádiz, que es lo más importante, que sin duda abre la puerta a que todos los usuarios del banco puedan ver tutelados sus derechos como consumidores frene a los bancos que cobran comisiones a mansalva por conceptos que no responden a servicios efectivamente prestados".

"Todo el mundo es consciente que a día de hoy los bancos siguen cobrando entre 12 y 40 euros al consumidor que se queda en números rojos, aunque el saldo sea inferior a 1 euro, y las Sentencias de primera y segunda instancia sigan anulándolos", añade.

"Por lo menos, que el ciudadano sepa que eso es ilegal y que los tribunales se están cargando estas dos comisiones bancarias – la de apertura de hipoteca y la de descubierto por impago de recibo mensual bancario", concluye.

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