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Lunes 18/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Indemnizan a una paciente de Algeciras por una apendicitis no detectada

Recibirá 19.445 euros tras el fallo del juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Estepona. Sufrió dos errores de diagnóstico

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  • La cicatriz que le quedó -

Algunos usuarios suelen inclinarse por la sanidad privada pensando que recibirán un servicio de más calidad y que serán atendidos en menos tiempo. Para Vanesa Ortega Román, ha sido todo lo contrario. Precisamente la atención recibida en el hospital Punta de Europa, de Algeciras, salvó la vida de esta algecireña de 32 años, días después de haber dado a luz a su hija.

Los facultativos del hospital del SAS tuvieron que intervenirla de urgencia el 14 de diciembre de 2010 a causa de una apendicitis retrocecal con perforación y peritonitis aguda, tras no detectarse la infección en dos visitas previas a la clínica Hospiten de Estepona, que era la que le correspondía por el seguro médico que había contratado con Maphre Familiar (Caja Salud).

A consecuencia de ello, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Estepona ha condenado a la aseguradora a pagar 19.445 euros a la paciente.

Cuatro días larguísimos
Según relataba el abogado de Bufete de Abogados Ortiz, José Luis Ortiz, los hechos se remontan a diciembre de 2010, cuando Vanesa, auxiliar de farmacia, tras un control ginecológico normal, fue asistida de parto el 1 de diciembre de 2010 en la clínica Hospiten de Estepona. Madre e hija salieron con bien de aquel parto.

Nueve días más tarde, Vanesa acudió al hospital por pico de fiebre de 38 grados, siendo diagnosticada de posible resfriado. Dos días después acudió al hospital por persistir la fiebre, con dolor en abdomen derecho.

Le diagnosticaron infección urinaria, prescribiéndole antibioterapia. En el análisis de sangre se informa de leucocitosis y proteína C reactiva. En la orina, se informa de leucocitosis y células epiteliales.

La sentencia declara probada la negligencia en esta segunda asistencia. Ese día, la paciente manifestó al médico que tenía fiebre desde hacía varios días, y que tenía dolor dorsal derecho, constatándolo el mismo a la palpación y atribuyéndolo por error, a que había dado a luz varios días antes.

Sin embargo, no comprobó el historial del paciente, ni se percató de que era la segunda vez que iba, y el primer diagnóstico que se le había hecho. Como indicó el perito en el juicio, los antecedentes de la paciente, unido a los síntomas y la leucocitosis (aumento de los glóbulos blancos) que mostraron en los análisis, obligaban al facultativo a llevar a cabo más pruebas, una ecografía abdominal.

En opinión del abogado, a diferencia de la primera asistencia, en este segundo caso sí que existían elementos suficientes para extremar las precauciones, al tratarse de una parturienta recién dada a luz, en periodo de cuarentena, y que manifestaba constantemente llevar varios días con dolores y fiebres, lo que debería haber hecho saltar todas las alarmas, en opinión de la representación legal de la joven.

Así, con “dolor abdominal y síndrome febril de siete días de duración”, Vanesa va al Hospital Punta de Europa de Algeciras; en la exploración clínica se detalla que la fiebre es de 40 grados, hay leucopenia de 2.700 y en la ecografía aparece un absceso apendicular de seis centímetros en contacto con hígado. En consecuencia, se le diagnostica apendicitis subaguda perforada con peritonitis aguda, precisando intervención quirúrgica de urgencia.

Discrepancias
Según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso VIVA CAMPO DE GIBRALTAR, la parte demandada, Maphre Familiar (Cajasalud) se había opuesto a la reclamación porque, “en primer lugar, alega falta de legitimación pasiva, por no haber tenido intervención alguna en los hechos ni tener relación alguna con los médicos que atendieron a la demandante”.
Por otra parte, cuestionaban la existencia y valoración del perjuicio estético, así como los días reclamados.

Para la autoridad judicial, en virtud del hecho de que “la compañía pone a disposición del asegurado un cuadro de centros y profesionales a los que ha de limitarse el mismo para recibir asistencia sanitaria” se convierte a la aseguradora en “garante” de ese servicio, y, por tanto, “no cabe duda de la legitimación de Maphre Familiar para ser demandada como responsable civil”.

Sólo una negligencia
En este caso, la sentencia sólo observa negligencia en la actuación del segundo médico que atendió a la joven, puesto que, en el primer caso, “no presentaba a la exploración ningún síntoma de cualquier infección relacionada con el parto, ni tan siquiera fiebre”.

En el segundo caso, sin embargo, “la paciente ya manifestó al médico que tenía fiebre desde hacía varios días y que tenía dolor dorsal derecho, constatándose el mismo a la palpación” y sacan la conclusión, basándose en la opinión del perito, de que el paciente debió pedir más pruebas.

12 días hospitalizada y 35 más impedida
A consecuencia de la operación de urgencia, Vanesa permaneció 12 días en el hospital y otros 35 de baja, si bien se descontaron 15 para la indemnización porque hubiera sido la recuperación normal.

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