En el Juzgado de lo Social número 4 de Málaga tenido hoy lugar la primera vista para determinar “cuáles son los conceptos salariales y los derechos que han sido conculcados a los trabajadores de Limasa, porque ya no es discutible que tengan que reponerlo”, ha explicado el abogado del sindicato STAL, José María Ramírez, “desde los vestuarios hasta las pagas extras, y la tabla salarial con incremento del dos por ciento que se ha venido negando”. La segunda se celebrará el próximo 19 de febrero.
El letrado ha estimado que la cuantía económica que representaría esos conceptos es de entre “12-14 millones a 20 millones de euros”, aunque ha dejado claro que “es complicado determinar”.
En dicha vista se ha vuelto a instar a la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a instancia del STAL, en la que “se reconoce que el convenio que se aplica es el de 2010-2012”.
“Ha sido el día de la marmota”, ha ironizado Ramírez, en referencia a que “esta es la tercera sentencia que condena a reponer a los trabajadores de Limasa los derechos reconocidos en el convenio”, añadiendo que la empresa “se ha opuesto a la ejecución de la sentencia, a pesar de que no son aplicables los acuerdos de 2013”.
“Cuántas sentencias necesita Limasa, señora Porras, edil en el Ayuntamiento, y el alcalde, Francisco de la Torre, para evidenciar que los derechos de los trabajadores de Limasa son los que están reconocidos en la única norma de cobertura que es el convenio colectivo de 2010-2012”, ha alegado el Ramírez.
El abogado ha recalcado que aunque este juzgado determine los derechos y conceptos que se tienen que reponer, será de forma “genérica”, por lo que los trabajadores, de forma individual e independiente, “tendrán que ejercer acciones en reclamación de las cantidades exactas que se les deben”. Ha dicho que por parte de STAL ya ha presentado unas 100 de estas demandas individuales.
Asimismo, el letrado ha indicado que “en el caso de que aún ejecutándose la sentencia, Limasa se mantenga en su comportamiento o actitud negativa al cumplimiento de las resoluciones judiciales, tenemos que ver si existe un eventual delito de desobediencia a la autoridad”; algo que “aún no” se da, sino que “habrá que esperar a la ejecución de la sentencia”.
Comité de empresa
“Eso no se puede admitir, no vamos a cortarles el derecho al trabajador individualmente, que lo tienen por sentencia firme”, ha manifestado el presidente del comité de empresa, Manuel Belmonte, quien sobre la fecha del 15 de febrero que ha puesto el alcalde ha señalado que “ha estado dándole patadas a la pelota hacia delante, hoy dice una cosa, mañana dice otra”.
Belmonte, ha apuntado que la jueza “tiene claro lo que se tiene que determinar”, apuntando que los dos temas más importantes que pretenden los trabajadores son “la actualización de las tablas salariales que nos falta y la paga de productividad”.
“Esto no es una reunión de vecinos, con todos mis respetos a esas reuniones; esto es un colectivo que representamos a 1.800 familias y no vamos a admitir amenazas, porque nosotros no estamos amenazando, sino defendiendo el derecho de los trabajadores y eso es lo que vamos a seguir haciendo”, ha concluido Belmonte. La estimación es que son unas 250 demandas individuales las presentadas ya a través de UGT.
Respuesta el Ayuntamiento
Por su parte el Consistorio ha señalado que “tan solo se ha tratado la personación en la demanda de los diferentes sindicatos representados en el Comité de Empresa de Limasa y se ha concretado cuáles serán los elementos sobre los que resolverá la ejecución de sentencia que se señale tras el aplazamiento de la vista”.
Asimismo, desde el Ayuntamiento han indicado que “se ha constatado que la demanda presentaba (por STAL) un defecto de forma, pues no se había incluido en la misma la reclamación sobre el vestuario”, motivo por el que se ha aplazado la vista hasta el día 19, han asegurado a través de un comunicado.
De igual modo, han afirmado que “por parte de Limasa se abonó en noviembre una nómina de regularización de atrasos”, con el objetivo de “cumplir con la sentencia que obliga a reponer las condiciones laborales previas al principio de acuerdo de convenio colectivo anulado”.
Así, la institución municipal ha explicado que “en esa nómina se han repuesto las condiciones laborales existentes en 2013 y que fueron reclamadas por el Comité de Empresa”.
En este sentido, han alegado que “salvo que se dicte cosa distinta, la empresa entiende que ha cumplido con la ejecución de la sentencia y que podrá demostrarlo y ser corroborado en la próxima vista que se celebre”.
De esta forma, el Consistorio ha concluido diciendo que “desde Limasa se aclara que no responden a la realidad las informaciones que aluden a que se ha ordenado a la empresa acto alguno, aunque sí se ha vuelto a apelar a la necesidad de negociación entre las partes para llegar a buen fin”.