Condenado por violar a la hermana discapacitada de su novia

Publicado: 28/09/2014
A cinco años de cárcel
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cinco años y tres meses de cárcel a un hombre acusado de abusar sexualmente en noviembre de 2012 de la hermana menor de edad de su pareja sentimental, que presenta una discapacidad del 82 por ciento atendiendo a factores físicos, psíquicos y sensoriales.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial condena a Francisco Javier C.P. a cuatro años y seis meses de prisión por un delito de abusos sexuales y a nueve meses de cárcel por un delito de quebrantamiento de medida cautelar, así como al pago de una indemnización de 6.000 euros.

   La Sala considera probado que, en noviembre de 2012, el acusado convivía en Camas con su pareja sentimental, la hermana de ésta y la hija común de ambos, dándose la circunstancia de que la víctima padece un retraso mental leve/moderado.

   Este retraso, según la Audiencia, le permite conocer las actividades propias de su vida diaria y aquellas de escasa enjundia intelectual, aunque requiere de control y supervisión por parte de otros adultos para tareas relacionadas con sus actividades económicas y toma de decisiones de mayor enjundia intelectual.

   El 14 de noviembre de 2012, la novia del imputado, en lugar de acostarse en el dormitorio que compartía con éste y con la hija menor de ambos, lo hizo en el salón por encontrarse enferma, mientras que el acusado se acostó en su dormitorio habitual y la víctima en el suyo propio.

   Sobre las 4,00 horas, el acusado entró en el dormitorio de la afectada varias veces y en una de esas ocasiones, "con conocimiento de la minusvalía que le afecta y animado por la intención de satisfacer sus apetencias sexuales", se desnudó y se introdujo en la cama, donde comenzó a realizarle tocamientos en los pechos y abusó sexualmente de ella.

   Todo ello mientras le decía "que no gritara para que no se enterara su hermana, porque si no iba a venir la Policía y llevarle a la cárcel", tras lo que la situación concluyó cuando comenzó a llorar la hija del acusado, quien abandonó inmediatamente la habitación desnudo y tapándose los genitales con una toalla, siendo sorprendido por su pareja, que entró en el cuarto y encontró a su hermana "asustada".

   A consecuencia de estos hechos, el Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla impuso al procesado la medida cautelar de prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 100 metros, pese a lo cual el 5 de enero de 2013 se acercó a ella mientras se encontraba viendo la cabalgata de los Reyes Magos en Camas.

EL ACUSADO NIEGA LOS HECHOS

   Para considerar probados los hechos, la Audiencia tiene en cuenta la declaración de la víctima, que hizo un relato de los hechos "completo, detallado y del todo verosímil", destacando "la persistencia en su declaración, que se mantiene desde 2012 hasta la actualidad", lo cual "le otorga un plus de credibilidad".

   El tribunal también valora la declaración de la entonces novia del acusado, quien aseguró que se despertó por el llanto de su hija y que se encontró en el pasillo al acusado saliendo del dormitorio de su hermana, desnudo por abajo y tapándose con una toalla.

   Tras ello, se dirigió al cuarto de su hermana y se la encontró "tapada, temblando y llorando, negándose a contarle nada", hasta que al día siguiente le contó lo ocurrido.

   Frente a ello, el acusado negó la versión de los hechos ofrecida por las hermanas y se limitó a explicar que ese día fue él quien se acostó en el sofá y que se durmió hasta las 7,00 horas, añadiendo que la víctima estaba celosa de su relación con su hermana y que le buscaba sexualmente.

   Esta explicación no está "en modo alguno corroborada", máxime "si atendemos a lo manifestado por la víctima en el juicio cuando explicó que, antes de estos hechos, 'temía que le hiciera algo', hasta el punto de poner tras la puerta del dormitorio una silla y una nevera para dificultar la entrada, lo que viene a confirmar que esa búsqueda sexual que en su defensa alega el imputado carece de apoyatura".

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