El tiempo en: Almería
Viernes 22/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El TSJA rebaja a 2,59 millones la indemnización por Las Setas

El Alto Tribunal admite el recurso de los servicios juridicos municipales contra la sentencia que le obligaba a pagar a Sacyr 36,5 millones de euros

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Las Setas -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado en gran parte el recurso contencioso administrativo presentado por el Ayuntamiento de Sevilla y rebajado de 36,5 millones de euros a tan sólo 2,59 millones  la cantidad que debe pagar el Consistorio a la empresa constructora Sacyr por los incumplimientos de algunas obligaciones contractuales.

El Juzgado de lo Contencioso Nº 5 de Sevilla dictó el pasado 10 de abril una sentencia resolutoria del contrato de concesión firmado por el Ayuntamiento con la empresa Sacyr para la construcción y posterior explotación del Metropol Parasol, popularmente conocido como las Setas de la Encarnación, durante un plazo de 40 años y condenó al Consistorio a pagarle a la constructora una indemnización por una serie de conceptos que sumaban un total de 36.532.464,18 euros y a hacerse cargo del complejo urbanístico-comercial a partir de ahora y sin esperar a los 36 años de la concesión que quedaban pendientes (a contar desde la inauguración oficial en la primavera de 2011).

El Ayuntamiento -y la Gerencia de Urbanismo- recurrió la sentencia a través de sus Servicios Jurídicos y ahora el TSJA ha revocado en gran parte el fallo judicial originario y estimado los argumentos municipales. La clave de esta nueva sentencia consiste en que para el TSJA no se da ninguna causa concreta ni esencial para declarar resuelto el contrato. Si bien admiten los incumplimientos del mismo por parte del Consistorio y denunciados por Sacyr, los jueces afirman que “los incumplimientos no son causa de resolución, ni aisladamente ni de forma conjunta, sin perjuicio del derecho (de Sacyr) a percibir lo que es debido” por aquéllos. Y no es causa de resolución tampoco porque la constructora ha seguido explotando normalmente las Setas a pesar de esos incumplimientos municipales.

Justamente por éso, el TSJA condena al Ayuntamiento y a la Gerencia de Urbanismo a pagarle a Sacyr 2.594.862 euros, una cantidad que aquél no ha impugnado en su recurso, de lo que se colige que asume la reclamación planteada por Sacyr por los diversos conceptos.

Entre estos se sencuentra el retraso en el pago de una certificación de obra: 597.823,87 euros;  por el acceso gratuito de los sevillanos a las Setas: 525.349,72 euros; por menores gastos repercutidos a los placeros: 68.306,40 euros; y por retrasos y alquileres no cobrados desde el inicio de la explotación: 1.403.382,01 euros.

Por tanto, el TSJA ha anulado de la sentencia anterior los dos puntos de mayor cuantía económica reclamados por Sacyr: la inversión no amortizada (13.275.852,29 euros) y el lucro cesante (20.661.749,89 euros), más los intereses.

Pasividad municipal

Al analizar el diferendo por la falta de explotación del mirador tras la decisión de Monteseirín de facilitar el acceso gratuito de los sevillanos, el TSJA se remite a las pruebas periciales y documentos aportados por Sacyr y subraya que no han sido discutidos por la Administración, “que ha mostrado una pasividad inexplicable en este punto”, si bien, al igual que en el resto de las reclamaciones no atendidas, no lo considera un incumplimiento esencial y causa de resolución del contrato, ya que tampoco Sacyr recurrió ni impugnó la resolución de la Alcaldía sobre la entrada gratuita de los nativos.

Los jueces destacan que el contrato firmado en su día por el Ayuntamiento y Sacyr es complejo y no sólo versa sobre la ejecución de unas obras, ya que incluye una concesión por 40 años de la explotación comercial de las Setas. Por eso, cuando analizan algunos incumplimientos o retrasos por parte del Ayuntamiento, afirman que una demora inferior a tres años tiene menor relevancia y es menos “sustancial” que si el plazo de la explotación total fuera inferior (por ejemplo, diez o veinte años).

Es más, recuerdan que ya se contempló al inicio del contrato que podía producirse un retraso (sin establecerse límite de tiempo) y se fijó para ese caso una indemnización, no una resolución del contrato.

Reacción

El delegado de Hábitat Urbano, Antonio Muñoz, ha destacado cómo los Servicios Jurídicos Municipales han resuelto un proceso “frente a la desidia política del Gobierno de Zoido, que ha puesto en riesgo de forma temeraria los intereses del Ayuntamiento”.

Muñoz también subraya que, tal y como recoge la sentencia,  existió en el mandato pasado “una censurable pasividad en el abono de las cantidades y en la búsqueda de una solución, que además queda ratificada en el hecho de que contra las cantidades que se reclaman y que finalmente resuelve la sentencia que hay que abonar ni el Ayuntamiento ni la Gerencia han opuesto la realidad de estos conceptos debidos”.

Según el delegado, es el momento ahora de mirar hacia adelante, de recuperar el diálogo y de abandonar la estrategia absurda de confrontación constante y de desaprovechar los recursos con los que cuenta la ciudad. “Es el objetivo de este Ayuntamiento poner en valor el proyecto Metropol Parasol y aprovechar todas sus potencialidades”, afirma.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN