El consejo de gobierno de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este miércoles admitir a trámite el proyecto de urbanización presentado por la entidad IDS Palmera Residencial, para los terrenos del antiguo Cuartel de Su Eminencia, en el distrito Sur. La actuación contempla las determinaciones para el ordenamiento de este sector, denominado técnicamente UE-2 como Cuartel de Su Eminencia, realizadas en el nuevo Plan Especial de Reforma Interior Su Eminencia, aprobado el pasado abril.
El proyecto de urbanización plantea el desarrollo urbanístico e inmobiliario de estos suelos, para incorporarlos definitivamente a la ciudad. Se propone el reparto de la superficie existente para edificabilidad residencial (28.915 metros cuadrados) en 238 viviendas, así como el desarrollo de 6.850 metros cuadrados de superficie para equipamiento docente, de 10.200 metros cuadrados de suelo para equipamiento deportivo y de 330 metros cuadrados para Servicios de Interés Público y Social (SIPS).
Y entre otras cuestiones que afectan al planeamiento urbanístico, se ha acordado también proponer al próximo pleno la aprobación definitiva de la modificación puntual del Texto Refundido del PGOU para incluir en el Catálogo Periférico del Plan General el Cortijo de Pino Montano. Dicho Catálogo, que engloba elementos arquitectónicos protegidos localizados en el exterior del Conjunto Histórico declarado, no incluía este inmueble, de carácter histórico y relevancia cultural y artística, que llegó a constituirse como una de las sedes de la fundación de la Generación Poética del 27.
La decisión de proceder a su inclusión en el catálogo periférico del PGOU, que ha partido de una solicitud efectuada por la entidad Margen del Tamarguillo, repara la falta y pone de relevancia la importancia de este edificio.
El consejo de la gerencia de Urbanismo, asimismo, ha dado el visto bueno a cuatro nuevos convenios urbanísticos suscritos con otros tantos propietarios de fincas sobre las que se ha declarado previamente el incumplimiento del deber de edificar. Esta medida, que contempla la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, permite a los titulares de estas fincas poder hacer obras de conservación o edificación en las mismas, una vez que se ha declarado sobre éstas el incumplimiento del deber de edificar, toda vez que esta declaración fija la imposibilidad de iniciar o proseguir el proceso edificatorio y de obtener así licencia.
Así pues, se ofrece una nueva posibilidad al propietario para eludir esta situación y poder efectuar obras en su finca, frente a la alternativa de colocación de estos inmuebles en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución. En contraprestación, la propiedad tiene que asumir unos compromisos de plazos ciertos para su ejecución.
Estas fincas sobre las que se ha acordado la firma de convenio urbanístico se encuentran en las calles Joaquín Costa nº 41, Parque Genovés nº 12, Pelay Correa nº 64 y, Lisboa nº 70.