Participa recurre el acuerdo de Urbanismo sobre la Hacienda el Rosario

Publicado: 15/03/2017
Eleva un recurso de alzada ante el Pleno del Ayuntamiento en el último día del plazo legal
El grupo político Participa Sevilla ha apurado hasta el último día del plazo legal para presentar ante el Pleno del Ayuntamiento, previo a la vía contencioso-administrativa, un recurso de alzada contra el acuerdo por el que la Gerencia de Urbanismo se subrogó las obligaciones de la empresa Gabriel Rojas S.L. en la Hacienda El Rosario y le devolvió dos parcelas y le entregó medio millón de euros, pese a que casi en paralelo la Fiscalía había pedido penas de dos años de cárcel para el empresario y tres urbanistas por la ocupación y urbanización de la cañada real que afecta a la finca.


Participa se remite en su recurso a la Constitución y a la ley del Sector Público para recordar que las Administraciones Públicas no sólo tienen que actuar en todo momento conforme a la ley, sino que también tienen la obligación de velar por que los administrados cumplan con los requisitos legales.

Asimismo, subraya que las vías pecuarias, como en el caso de la cañada de Peromingo a Palmete que afecta a la Hacienda El Rosario, tienen la consideración legal de suelo no urbanizable de especial protección y que a quienes realicen en las mismas obras de urbanización o de edificación se les considera como autores de un delito contra la ordenación del territorio y el urbanismo.

Para este grupo político, la empresa Gabriel Rojas S.L. se habría aprovechado de la cobertura que le otorgaba el convenio de concertación urbanística que firmó el 24 de noviembre de 2010 con la Gerencia de Urbanismo con el fin de urbanizar la Hacienda El Rosario para cometer, presuntamente, el delito más grave de entre los relativos a la ordenación del territorio: la ocupación y urbanización de la cañada real. Además, a su juicio, lo habría hecho con la financiación del Ayuntamiento, según lo estipulado en el convenio firmado por ambas partes.

Participa reprocha a la Gerencia de Urbanismo que en vez de incoar el procedimiento correspondiente para la protección de la legalidad urbanística y el restablecimiento del orden jurídico perturbado, procediera en cambio a subrogarse en la obligación de la compañía Gabriel Rojas S.L. de urbanizar la segunda fase del proyecto. Y, además, que acordara liquidar el convenio con aquélla, le devolviera parcelas por valor de 5.059.049 euros y le entregara dinero en metálico por valor de 563.419 euros, para de esta forma dar total cumplimiento a la obligación municipal de financiar el proyecto de urbanización con la cantidad de 19.133.640 euros.

INDOLENCIA

“Es decir, que frente al grave incumplimiento doloso de la entidad mercantil (como sin duda lo es la usurpación de la vía pecuaria  y su urbanización para incorporarla al proyecto constructivo), esta Administración -expone Participa- responde de forma indolente, cumpliendo íntegra y fielmente con todos sus compromisos”.

Y añade: “Hay que tener en cuenta que, aunque dividido en fases, el proyecto de urbanización es único, de modo que la subrogación acordada supone para esta Administración Local sustituir en su posición jurídica respecto de este proyecto a la entidad cuyos responsables están acusados de cometer un delito urbanístico precisamente en el seno de la ejecución del mismo. De esta forma se otorga de hecho por esta Administración una pátina de legitimidad a la acción delictiva, asumiendo las consecuencias que de la misma se derivan para el bien de dominio público (la cañada real) que ha resultado gravemente dañado. Como resulta obvio, una Administración Pública sometida al principio de legalidad no puede permitirse llevar a cabo una actuación de este tipo”.

En consecuencia, para Participa no parece muy acorde con los intereses municipales proceder en estas circunstancias a la liquidación del convenio y a devolver a Gabriel Rojas SL parcelas y dinero en metálico hasta cubrir el último céntimo comprometido en dicho convenio por el Ayuntamiento, “cuando de la infracción urbanística muy grave cometida por esta entidad -asevera- se han de derivar muy probablemente consecuencias pecuniarias en forma de multas coercitivas o restitución de las cantidades invertidas por este Ayuntamiento a costa de aquélla para sufragar la reposición de la realidad física alterada”.


CRONOLOGÍA DEL PROYECTO HACIENDA EL ROSARIO


-El 24 de octubre de 2010, la Gerencia de Urbanismo y la empresa mercantil Gabriel Rojas S.L. firmaron un convenio de concertación urbanística para la urbanización de la Hacienda El Rosario, en virtud del cual la Gerencia se obligaba a abonar los gastos de urbanización (19.133.640 euros, sin IVA) y a cambio recibía 90.371 m2 de edificabilidad.

-(La Fiscalía afirma en su escrito de calificación en el procedimiento abreviado 181/14 que el empresario Gabriel Rojas y tres urbanistas, en fechas cercanas a agosto de 2011 acometieron y promovieron diferentes obras de urbanización en la Hacienda El Rosario sin licencia municipal, y que ocuparon y dañaron la cañada real de Peromingo a Palmete).

-El 1 de febrero de 2013, la Junta de Gobierno aprobó una modificación del proyecto de urbanización, para programarlo en tres fases.

-El 24 de octubre de 2014, el Consejo de Gobierno de la Gerencia acordó la subrogación del Ayuntamiento de Sevilla en la obligación de Gabriel Rojas de urbanizar el espacio libre zona verde de la segunda fase, cuyo coste de ejecución se evaluó en 1.703.005 euros. Ello suponía la modificación del convenio de concertación previo en este particular.

-El gerente de Urbanismo dictó el 6 de noviembre de 2014 resolución por la que ordenó la tramitación del procedimiento para la modificación del convenio, así como la propuesta de liquidación del contrato.

-El 21 de enero de 2015, la Intervención emitió informe con reparos al acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de octubre de 2014, por lo que su tramitación quedó en suspenso.

-El 14 de noviembre de 2016, Gabriel Rojas presentó un escrito por el que daba su conformidad a la anulación del acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de octubre de 2014 y renunciaba a los derechos a su favor derivados del mismo.

-El 14 de diciembre de 2016, el Servicio de Gestión Urbanística y Patrimonio Municipal de Suelo emitió informe conforme a los requerimientos de la Intervención.

-El 3 de febrero de 2017, la Intervención levantó sus reparos.

-El 15 de febrero de 2017, el Consejo de Gobierno declara nulo y sin efecto el anterior acuerdo del 24 de octubre de 2014 y dispone la subrogación del Ayuntamiento en la obligación de Gabriel Rojas SL de urbanizar los espacios libres de la segunda fase, a la vez que se aprueba el texto para proceder a la liquidación del acuerdo de concertación urbanística con Gabriel Rojas de la fecha referida y devolverle dos parcelas por valor de 5.509.049 euros, más la entrega en metálico de 563.419 euros.

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