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Sábado 30/11/2024
 
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Torremolinos

Acaba el plazo para instalar el nuevo interruptor de control de potencia de Endesa

La OMIC advierte que se producirán fuertes recargos en la factura para quienes no lo instalen

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La Oficina Municipal de Información al Consumidor recuerda que el miércoles 30 de junio vence el plazo para que los usuarios de energía eléctrica hayan procedido a solicitar al distribuidor o instalar por su cuenta el interruptor de control de potencia, conocido como ICP. Los que no hayan realizado este trámite se verán afectados por el recargo establecido por la Orden ITC/1857/2008, de 26 de junio de 2008. El recargo en lo que se denomina el término de potencia puede conllevar, dependiendo de la potencia contratada, un incremento de hasta un novecientos por ciento, aunque no se consuma ni un solo Kwh.
Este requerimiento ha generado preocupación, ya que no se puede ignorar que los vecinos se han encontrado, en el peor momento por las consecuencias de la crisis y el elevado índice de paro en Andalucía, ante un requerimiento imprevisto y muy oneroso y en muchos casos innecesario ya que la potencia contratada actual se adecua a las necesidades de la vivienda.
Como ya señaló la OMIC en una nota de prensa el pasado mes de abril, las consultas trasladadas ponen de manifiesto que la impresión generalizada entre los consumidores es que se podría haber dejado este requerimiento para otros momentos y evitar en plena crisis económica poner a las familias en este callejón sin salida.
Recargos a aplicar
Dependiendo del tipo de tarifa que se le facture a cada usuario, será el recargo para quiénes no hayan solicitado al Distribuidor, mayoritariamente Endesa, o hayan instalado por su cuenta el interruptor del control de potencia, ICP. En todos los casos desde el 1 de julio de 2010 el término de potencia a facturar será, como mínimo de 20 KW lo que conllevará fuertes recargos en la factura para quienes no lo instalen. Las modificaciones son las siguientes:
Contratos de Suministro con tarifa de último recurso. Con tarifa 2.0.3 ó 3.0.1 con o sin discriminación horaria: Se aplicará la tarifa 3.0.1 con o sin discriminación horaria, según esté o no acogido el suministro, y una potencia contratada de 20 Kw.
Contratos de suministro con tarifa de acceso. Con tarifa 2.0A ó 2.0.DHA: Se aplicará una potencia contratada de 20 Kw.
A partir de la fecha en que quede instalado el ICP de acuerdo con lo establecido en la normativa se procederá a facturar de acuerdo con la tarifa y potencia que corresponda al suministro.
Como ya informó oportunamente la OMIC del Ayuntamiento de Torremolinos ha constatado que el suministro de energía eléctrica se ha convertido para los consumidores en un auténtico quebradero de cabeza. Desaparición de la tarifa nocturna, facturación mensual, lecturas estimadas, refacturaciones, recargos por exceso de consumo, tarifa de último recurso, incrementos muy por encima del la inflación son conceptos que en los últimos años colapsaron los servicios de información al consumidor y desestabilizaron la economía familiar. Por si esto no fuera poco llegó este nuevo problema para los consumidores: los recargos en las facturas por no tener instalado el ICP.
Problema en Torremolinos
Si bien la negativa a instalar el ICP no conlleva el corte en el suministro de energía eléctrica en Torremolinos el problema es mayor, porque la carta certificada con el requerimiento de instalar el ICP puede haber sido enviada a viviendas en las que por ser segundas residencias en las que gran parte del año no están habitadas, una vez superado el plazo sin que se haya instalado el ICP se encontrarán con que Endesa les ha incrementado el término de potencia, el importe fijo que se abona en cada factura, a pesar de que son viviendas que se usan pocos meses al año.
Lo lamentable de esto es que más allá de que el usuario elija entre comprar el ICP a un instalador autorizado de confianza o alquilarlo a Endesa, se puede dar la circunstancia que los usuarios tengan que realizar un desembolso importante, ya que:
1.- Puede que se le requiera que realice un boletín de la instalación cuyo coste, aproximado, es de 120 euros.
2.- Si la caja soporte en donde se pone el ICP no está normalizada, tendrá que instalar una nueva, lo cual supone un desembolso importante, que puede oscilar entre los 120 y los 150 euros.
3.- Además hay que pagar a Endesa 10,49 euros en concepto de verificación y precintado.
Pero estos posibles gastos no son los únicos ya que si es necesario ampliar la potencia por encima de la contratada, el usuario debe abonar además el exceso por los derechos de extensión y acceso correspondientes al incremento de potencia: Derechos de Extensión: 17,374714 euros/Kw. (sin impuestos); Derechos de Acceso: 19,703137 euros/Kw. (sin impuestos); Derechos de enganche: 9,044760 euros por actuación (sin impuestos).
Consecuencias
Como se ha señalado precedentemente si bien la carta de Endesa no informa al consumidor de lo que ocurre si no está instalado el interruptor de control de potencia en el plazo que tampoco se indica, la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Torremolinos sensible con los problemas que afectan a sus vecinos quiere destacar que según establece la legislación vigente, las empresas distribuidoras deben incrementar la factura del consumidor, hasta que éste comunique que tiene la caja o el ICP correctamente colocados, de la forma que se indica a continuación:
Contratos de Suministro con tarifa integral: Con tarifa 2.0.3 ó 3.0.1 con o sin discriminación horaria: Se aplicará la tarifa 3.0.1 con o sin discriminación horaria, según esté o no acogido el suministro, y una potencia contratada de 20 Kw.
Contratos de suministro con tarifa de acceso (en todos los casos a partir del 1 de julio): Con tarifa 2.0A ó 2.0.DHA: Se aplicará una potencia contratada de 20 Kw.
A partir del 1 de julio en todos los casos se aplicará la potencia de 20 Kw., con lo cual los vecinos se encontrarán en muchos casos con incrementos en el término de potencia de cada factura que pueden llegar al novecientos por ciento, aunque no se consuma ni un solo Kwh.

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