Ser padres mediante un vientre de alquiler es una práctica totalmente ilegal en España, ya sea por altruismo o por una prestación económica. La reciente maternidad de la actriz y presentadora Ana Obregón mediante este método ha reabierto el debate de la gestación subrogada en nuestro país. Desde el Gobierno de España se pronuncian.
En España, el artículo 10 de la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida lo deja muy claro: no está permitida la gestación por sustitución.
Además, en nuestro país se contempla la filiación como requisito indispensable para inscribir a un hijo en el Registro civil. Madre siempre es la que da a luz, aunque el óvulo donado no sea suyo, según la legislación española.
Uno de los dos donantes debe ser siempre uno de los tutores que inscribe al menor. En el caso de la adopción, otro método al que se recurre para inscribir a los menores, la edad límite son 45 años y se debe seguir toda la burocracia de una adopción convencional.
En estos casos, como estos métodos de reproducción se realizan en otros países, los que recurren al vientre de alquiler están bajo la legislación española, que prohíbe cualquier tipo de gestación subrogada.