La Fiscalía también ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz de continuar instruyendo la causa en la que investiga el genocidio de la población maya provocado por el Ejército de Guatemala entre los años 1978 y 1984, que dejó más de 250.000 víctimas, y el asalto a la Embajada de España en el país, que causó 36 muertos.
Al igual que en el 'caso Couso', sobre el que se pronunció el pasado viernes la Sala de lo Penal permitiendo al juez continuar la investigación, el Ministerio Público ha presentado un recurso de queja en el que defiende que Pedraz no es competente para seguir con la instrucción después de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que limita la jurisdicción universal, que entró en vigor en marzo pasado.
El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que es la Sala de lo Penal, órgano jerárquico superior al instructor, el que "debe resolver sobre el sobreseimiento o la continuación del procedimiento" y no el magistrado, que no tiene "competencia funcional" al tratarse de un sumario.
"En el sumario el juez de instrucción ha de limitarse, sin resolver sobre el sobreseimiento o continuación del procedimiento, a concluirlo y remitirlo a la Sala de lo Penal para que ésta, una vez practicado el trámite de instrucción de las partes y cuando no proceda revocar la conclusión del mismo, dicte el auto de sobreseimiento o la resolución que corresponda", argumenta la Fiscalía citando el artículo 627 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
CUESTIÓN ANTE EL TC
En este sentido, el fiscal Pedro Martínez Torrijos señala que, en el caso de que los magistrados de la Sala de lo Penal acordaran que el juez está facultado para seguir investigando, éste debería valorar si procede someter la reforma al criterio del Tribunal Constitucional.
En un auto dictado el pasado 20 de mayo, Pedraz defendía que la Audiencia Nacional tiene "jurisdicción" para investigar estos hechos porque se trata de "delitos de terrorismo" que además serían "conexos" a otros de genocidio, lesa humanidad, torturas, asesinato, crímenes de género y detenciones ilegales.
Según el juez, de acuerdo con la reforma del artículo 23.4 de la LOPJ que limita la aplicación de la justicia universal, únicamente cabría mantener la investigación por el delito de terrorismo al haber víctimas españolas entre los fallecidos. Sin embargo, señalaba que el título de jurisdicción universal debe ampliarse al resto de delitos porque "de otra forma se rompería la denominada continencia de la causa" al ser "imposible" juzgarlos por separado.
Pedraz, con esta decisión, convirtió las actuaciones en sumario y acordó continuar con la investigación, que se abrió en 1999 a partir de una denuncia de la Premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchu y que el Tribunal Constitucional avaló en octubre de 2005.
MÁS DE 1.400 VIOLACIONES
El genocidio contra el pueblo maya provocó más de 250.000 víctimas, de las que más de 45.000 siguen hoy desaparecidas, después de que el Ejército guatemalteco arrasara las aldeas de la población maya y llevara a cabo un plan sistemático de torturas y asesinatos.
En julio de 2011 el juez admitió una ampliación de la querella inicial para investigar también crímenes de género contra mujeres como violaciones, esterilizaciones forzadas y la esclavitud sexual. A partir de los testimonios de dos expertas internacionales en violencia de género, se cree que entre 1960 y 1996 los agentes del Estado guatemalteco pudieron cometer al menos 1.465 violaciones, el 35 por ciento de ellas a mujeres de menos de 17 años.
En el asalto y quema de la Embajada de España en Guatemala, que se produjo el 31 de enero de 1980, murieron los españoles Jaime Ruiz del Árbol, Luis Felipe Sanz Martínez y María Teresa Vázquez de Villa, mientras que el propio embajador sufrió heridas de consideración. La investigación también se amplía a la muerte de otros cuatro sacerdotes españoles, asesinados por el Ejército guatemalteco en los años 1980 y 1981.