La Corte Constitucional de Colombia ratificó hoy una sentencia del año pasado que permite el regreso de las corridas de toros a la plaza Santamaría de Bogotá y le ordenó al alcalde de la ciudad, Gustavo Petro, autorizar el uso del coso para estos espectáculos.
La Sala Plena de la Corte Constitucional hizo firme un fallo del 2 de septiembre de 2014 del mismo tribunal que ordenó el regreso a la capital colombiana de la fiesta brava, suspendida por la Alcaldía desde 2012.
La ponencia que permite el regreso de la tauromaquia a Bogotá, presentada por el magistrado Mauricio González Cuervo, tuvo cinco votos a favor y cuatro en contra, señaló el alto tribunal en un comunicado.
En su decisión, la Corte ordena "restituir de manera inmediata" la plaza "para la realización de espectáculos taurinos y la preservación de la cultura taurina".
Agrega que esto debe hacerse "sin perjuicio de otras destinaciones culturales o recreativas siempre que éstas no alteren su destinación principal y tradicional, legalmente reconocida, como escenario taurino de primera categoría de conformidad con la Ley 916 de 2004".
Petro, contrario a las corridas, revocó en junio de 2012 el contrato de arrendamiento de la Santamaría con la Corporación Taurina de Bogotá, lo que cerró las puertas a la tauromaquia en la tradicional plaza de toros capitalina.
Desde su campaña electoral, Petro había indicado que la plaza no sería más escenario de corridas y que se convertiría en un centro cultural alrededor de la vida "y no de la muerte".
En la nueva sentencia, la Corte Constitucional no aceptó el recurso de nulidad presentado por el Instituto de Recreación y Deporte (IDRD) de Bogotá en contra del fallo de septiembre pasado.
Al conocer la decisión de la Corte, Petro manifestó su descontento en un mensaje en su cuenta de Twitter.
"Por un voto se mantiene aún una barbarie: divertirse con la muerte de un animal", escribió.
El fallo de la Corte Constitucional también ordena a las autoridades de Bogotá disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino "mediante la adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión".
También le da al IDRD seis meses de plazo para cumplir con la providencia "a través de los procedimientos contractuales u otros administrativos del caso conducentes a la reanudación de los espectáculos taurinos tradicionales y periódicos".